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Ampliación plazo materialización RIC -Real  Decreto-ley 39/2020

Modificación del Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional

Legal Alert

Introducción


Hoy, 12 de diciembre de 2023, se ha publicado en el BOE la Resolución de 27 de noviembre de 2023 de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el Acta de acuerdo de modificación del Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional firmado por la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) en nombre y representación de las empresas del sector y la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) en nombre de los trabajadores afectados, y que estaba en vigor.


Contenido de la Resolución


En síntesis, con efectos retroactivos a 1 de julio de 2022 y hasta el 30 de junio del 2026, el Convenio colectivo queda modificado en su redacción de la siguiente manera:

  1. Se establecen determinados días de descanso -en fechas navideñas- en los cuales no se podrá programar ninguna competición oficial.

  2. Se modifican las cuantías mínimas a percibir por los jugadores como seguidamente se expone:

    a. Temporada 2022-2023: para 1º división, 7.500.-€/mes y para 2º división, 5.000.-€/mes.
    b. Temporada 2023-2024: las cantidades de la temporada 2022/2023 + IPC.
    c. Temporada 2024-2025: las cantidades de la temporada 2023/2024 + IPC.
    d. Temporada 2025-2026: las cantidades de la temporada 2024/2025 + IPC.

    El artículo limita la actualización al IPC de tal manera que si el resultante es inferior a 0 % su valor se considerará igual a 0, mientras que si el IPC resultante excede del 5 %, quedará limitado a dicho porcentaje.

  3. Se sustituyen las cuantías mínimas del premio de antigüedad de las temporadas ya pasadas por nuevas cuantías para las temporadas 2022/2023 a 2025/2026, modificando también la redacción de lo que ha de entenderse por IPC a los efectos de aplicar la revisión cada temporada, así como las limitaciones mínimas y máximas que aplicarán a dicha revisión y la fecha de efectos de esta en cada año.

    Adicionalmente, los futbolistas que finalicen contrato en la primera temporada del club/SAD en segunda división tras haber ascendido, y a su vez dispongan de una antigüedad de 5 o más temporadas sucesivas en el club/SAD, el meritado club/SAD estará obligado a abonar el importe proporcional del premio de antigüedad, contabilizándose a estos efectos las temporadas que el jugador/a haya militado en el club/SAD estando éste en categoría profesional.

  4. Se añade la extensión de la cobertura por accidente a la incapacidad permanente absoluta y la gran invalidez.

  5. Nuevo esquema de indemnizaciones por muerte, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta e incapacidad permanente total para las temporadas 2022-2023 y siguientes, modificando también la redacción de lo que ha de entenderse por IPC a los efectos de revisar el importe de la indemnización cada temporada.

  6. Participación de la AFE en el fondo social y fijación de nuevas cuantías para las temporadas 2022-2023 a 2025-2026.

Tras la entrada en vigor de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte y atendiendo a las necesidades de nuestros clientes, Deloitte Legal ha creado el Sports Group, un grupo especializado y multidisciplinar para prestar asesoramiento en todas las materias relacionadas con la industria del deporte.

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