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Ayudas para implantar Zonas de Bajas Emisiones

Objetivos, requisitos y plazo de presentación de las solicitudes

El objetivo de este programa de ayudas, impulsado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, es acelerar la mejora de la calidad del aire y la descarbonización del transporte urbano.
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El Ministerio, de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), junto con el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfica, ha publicado la convocatoria del Programa de ayudas a municipios para la implantación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y la transformación digital y sostenible del transporte urbano.

El objetivo del programa es acelerar la mejora de la calidad del aire y contribuir a la descarbonización del transporte urbano, haciendo más atractivo el uso del transporte colectivo y de la movilidad activa (bicicleta, ir a pie). Con ello se busca limitar el uso del vehículo privado de motor en el centro de las ciudades.

En paralelo, estas ayudas deben contribuir con el objetivo del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, enfocado en reducir un 35% del tráfico privado. Esta reducción persigue la mitigación de las emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero, la reducción de los niveles de ruido, la mejora de la calidad de vida de las ciudades y el desarrollo de la movilidad activa en los entornos urbanos.

¿Qué tipología de proyectos pueden concurrir a estas ayudas?

 

En esta convocatoria se contemplan cuatro tipologías de proyectos susceptibles de ser financiables:

  1. Actuaciones de implantación de Zonas de Bajas Emisiones que recojan el conjunto de inversiones que requiere su puesta en funcionamiento (controles semafóricos o reconocimiento de matrículas de residentes, entre otras iniciativas).
  2. Medidas destinadas a fomentar el cambio modal en entornos urbanos y metropolitanos hacia modos de transporte más sostenibles, priorizando el transporte público colectivo y la movilidad activa (habilitación de aparcamientos disuasorios, peatonalización de las calles, creación de infraestructura ciclista, carsharing, motosharing o la mejora de la eficiencia en la distribución urbana de última milla).
  3. Actuaciones de transformación de flotas del transporte público con el fin de contribuir a la consecución de los objetivos de la Directiva de Vehículos Limpios (compra de autobuses eléctricos o impulsados por hidrógeno y la instalación de puntos de recarga eléctrica).
  4. Actuaciones de digitalización que redunden en una mejora de la experiencia del usuario o de la accesibilidad en el uso del transporte público colectivo, o bien que contribuyan a la mayor eficacia en la gestión del tráfico y del transporte y gestión de la demanda, así como en el análisis de información.

Destinatarios del programa de ayudas

 

Las líneas de ayudas se dirigen a municipios de más de 50.000 habitantes y capitales de provincia, que son los competentes para prestar servicios de transporte público y a los que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a implementar zonas de bajas emisiones (ZBE) antes de 2023.

Las iniciativas recogidas en las líneas de fomento del cambio modal, transformación de flota y digitalización del transporte se dirigen también a los municipios con más de 20.000 habitantes que cumplan determinados criterios, como disponer de servicios de transporte colectivo público.

Dotación económica de las ayudas

 

La cuantía de las ayudas a conceder en el marco de la presente convocatoria será de 1.000 millones de euros. La subvención mínima a solicitar por un municipio es de 200.000 euros por cada una de las actuaciones incluidas en una solicitud, mientras que el máximo se fija en función de los habitantes del municipio. En el caso de que la propuesta sea presentada por una agrupación de municipios o entes supramunicipales, el límite máximo se establece en 40 millones de euros.

¿Cuándo se deben ejecutar los proyectos receptores de las ayudas?

 

El período de ejecución previsto para los proyectos subvencionados estará comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2024.

Plazo de presentación

 

El plazo para la presentación de la solicitud y la documentación requerida finaliza el 30 de septiembre de 2021, a las 14.00 horas. Las solicitudes se pueden presentar a través de la plataforma digitalhabilitada para este fin.

Para presentar las solicitudes se deberán seguir las indicaciones recogidas en el documento “Guía de Presentación de Solicitudes”, donde se detallan las pantallas, campos y datos que deberá introducir en el sistema informático cada interesado, en función de sus características individuales.