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La continua transformación del entorno tributario internacional, así como la adopción de nuevos requisitos y limitaciones para acceder válidamente a los beneficios previstos en los convenios fiscales, ha
incrementado la necesidad de que los contribuyentes efectúen evaluaciones másexhaustivas de sus estructuras y operaciones transfronterizas.
En este marco, y como parte de las medidas derivadas del proyecto Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (“BEPS” por sus siglas en inglés), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos publicó en 2014 la Acción 15, la cual plantea la creación de un instrumento multilateral (“MLI”) orientado a actualizar de manera coordinada los tratados para evitar la doble imposición, entre otros fines para fortalecer los estándares mínimos destinados a combatir el uso indebido de los convenios fiscales y las estrategias de traslado artificial de beneficios hacia jurisdicciones de menor imposición.
Así, el MLI vio por primera vez la luz en junio de 2017 y actualmente ha sido suscrito por 107 jurisdicciones; la aplicación de dicho instrumento requiere de su ratificación por cada uno de los Estados que lo suscriben, así como la confirmación de los estándares mínimos que cada país desea aplicar a sus Convenios Bilaterales. Dentro de estos estándares mínimos destacan la regla de limitación de beneficios (“S-LOB”) y la prueba de propósitos principales (“PPT”).
El objetivo de la regla S-LOB, en conjunto con la PPT es garantizar el acceso a los beneficios de los tratados únicamente a aquellas personas que mantengan un vínculo económico suficiente y genuino con el Estado del que son residentes. En este sentido, la entrada en vigor de estas reglas también tiene implicaciones relevantes en materia de precios de transferencia, pues si bien estas disposiciones no forman parte de las reglas de determinación de precios de mercado, comparten un objetivo común: verificar que las operaciones y estructuras internacionales reflejen una realidad económica genuina y no hayan sido implementadas únicamente para obtener ventajas fiscales.
Bajo este contexto, y particularmente a la luz de la PPT (elemento subjetivo) el análisis de precios de transferencia se consolida como una fuente relevante de evidencia para demostrar la existencia de sustancia económica en una entidad que pretende acceder a los beneficios de un tratado fiscal, ya que los estudios funcionales elaborados bajo el principio de plena competencia permiten identificar las funciones desempeñadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por cada entidad del grupo multinacional, elementos que pueden resultar relevantes para acreditar que una compañía desarrolla una actividad empresarial real y por tanto, los parámetros de sus negociaciones no tienen como finalidad única o primordialmente la operación de un vehículo de conducción de rentas.
Asimismo, la información preparada para efectos de documentación de precios de transferencia, incluyendo el master File, local File y, en su caso, los reportes país por país, puede ser utilizada por las autoridades fiscales para evaluar la consistencia entre la estructura operativa del grupo y la posición adoptada para efectos de la aplicación de tratados fiscales. En consecuencia, una entidad que reclame beneficios convencionales deberá procurar que la narrativa de negocio, las cadenas de valor descritas en la documentación de precios de transferencia y las razones económicas que sustentan la operación sean consistentes con los argumentos utilizados para superar una prueba PPT o para acreditar la condición de persona calificada bajo una cláusula S-LOB.
Desde una perspectiva práctica, puede esperarse que las autoridades fiscales analicen de manera conjunta la información de tratados y de precios de transferencia. Por ello, estructuras que asignen ingresos significativos a entidades con funciones limitadas, escasos activos o reducida capacidad de decisión podrían enfrentar cuestionamientos no solo bajo las reglas tradicionales de precios de transferencia, sino también bajo las disposiciones antiabuso incorporadas mediante el MLI. De esta forma, los análisis de sustancia económica y creación de valor adquieren una relevancia creciente tanto para la aplicación del principio de plena competencia como para el acceso a los beneficios previstos en los tratados fiscales.
Conviene señalar también que la creciente interacción entre las normas antiabuso de los tratados fiscales y los estándares internacionales de fiscalidad corporativa ha provocado que la documentación de precios de transferencia se convierta en una de las principales fuentes probatorias para sustentar la aplicación de los beneficios convencionales frente a una eventual revisión bajo la PPT.
En este sentido, el análisis funcional desarrollado para efectos de precios de transferencia permite identificar quién toma las decisiones estratégicas dentro del grupo multinacional, dónde se localizan las funciones Desarrollo, Mejora, Mantenimiento, Protección y Explotación (“DEMPE”, por sus siglas en inglés) relacionadas con la creación y explotación de intangibles, qué entidades controlan efectivamente los riesgos económicamente significativos y en qué jurisdicciones se genera el valor económico que da origen a las utilidades del grupo. Asimismo, esta documentación proporciona evidencia objetiva sobre la sustancia económica de las entidades involucradas, permitiendo acreditar que la receptora de dividendos, intereses o regalías cuenta con personal, funciones, activos y capacidad de decisión propios, y que no constituye simplemente una entidad pasiva o un vehículo interpuesto para acceder indirectamente a beneficios de tratado.
En conclusión, la consistencia entre la posición adoptada en materia de precios de transferencia y la narrativa presentada para fines de tratados fiscales adquiere una relevancia fundamental, ya que las autoridades pueden utilizar la información contenida en estudios funcionales, archivos maestros y demás documentación de soporte para evaluar si la estructura responde a razones económicas genuinas o si, por el contrario, uno de sus propósitos principales consiste en la obtención de ventajas fiscales incompatibles con el objeto y propósito del convenio aplicable.
The ongoing transformation of the international tax environment, together with the adoption of new requirements and limitations for validly accessing the benefits provided under tax treaties, has increased the need for taxpayers to conduct more comprehensive assessments of theircross-border structures andtransactions.
Against this backdrop, and as part of the measures arising from the Base Erosion and Profit Shifting (“BEPS”) Project, the Organisation for Economic Co-operation and Development published Action 15 in 2014, proposing the creation of a multilateral instrument (“MLI”) aimed at updating tax treaties in a coordinated manner to prevent double taxation. Among other objectives, the instrument seeks to strengthen the minimum standards designed to combat the improper use of tax treaties and strategies involving the artificial shifting of profits to lower-tax jurisdictions.
Accordingly, the MLI was first introduced in June 2017 and has currently been signed by 107 jurisdictions. The application of this instrument requires ratification by each signatory State, as well as confirmation of the minimum standards that each country wishes to apply to its bilateral tax treaties. These minimum standards notably include the simplified limitation-on-benefits rule (“S-LOB”) and the principal purpose test (“PPT”).
The purpose of the S-LOB rule, together with the PPT, is to ensure that treaty benefits are available only to persons maintaining a sufficient and genuine economic connection with their State of residence. In this regard, the entry into force of these rules also has significant transfer pricing implications. Although these provisions do not form part of the rules for determining arm’s length prices, they share a common objective: verifying that international transactions and structures reflect genuine economic reality and were not implemented solely to obtain tax advantages.
Within this context, and particularly in light of the PPT’s subjective element, transfer pricing analysis has become an important source of evidence for demonstrating the existence of economic substance in an entity seeking to access tax treaty benefits. Functional analyses prepared under the arm’s length principle make it possible to identify the functions performed, assets used, and risks assumed by each entity within a multinational group. These factors may be relevant in demonstrating that a company conducts genuine business activities and that the terms of its transactions are not solely or primarily intended to facilitate the operation of an income-conduit vehicle.
Likewise, information prepared for transfer pricing documentation purposes, including the master file, local file, and, where applicable, country-by-country reports, may be used by tax authorities to assess the consistency between the group’s operating structure and the position adopted for purposes of applying tax treaties. Consequently, an entity claiming treaty benefits should ensure that its business narrative, the value chains described in its transfer pricing documentation, and the economic reasons supporting its transactions are consistent with the arguments used to satisfy a PPT or demonstrate qualified-person status under an S-LOB provision.
From a practical perspective, tax authorities can be expected to analyze treaty and transfer pricing information together. Therefore, structures that allocate significant income to entities with limited functions, few assets, or restricted decision-making capacity may face challenges not only under traditional transfer pricing rules,but also under the anti-abuse provisions introduced through the MLI. As a result, economic substance and value-creation analyses are becoming increasingly important, both for the application of the arm’s length principle and for access to the benefits provided under tax treaties.
It should also be noted that the growing interaction between tax treaty anti-abuse rules and international corporate taxation standards has led to transfer pricing documentation becoming one of the primary sources of evidence for supporting the application of treaty benefits in the event of a review under the PPT.
In this regard, the functional analysis conducted for transfer pricing purposes makes it possible to identify who makes strategic decisions within the multinational group, where the Development, Enhancement, Maintenance, Protection and Exploitation (“DEMPE”) functions related to the development and exploitation of intangibles are located, which entities effectively control economically significant risks, and the jurisdictions in which the economic value giving rise to the group’s profits is generated. This documentation also provides objective evidence regarding the economic substance of the entities involved. It can demonstrate that the recipient of dividends, interest, or royalties has its own personnel, functions, assets, and decision-making capacity, and that it is not merely a passive entity or an intermediary vehicle established to indirectly access treaty benefits.
In conclusion, consistency between the position adopted for transfer pricing purposes and the narrative presented for tax treaty purposes is fundamentally important. Tax authorities may use the information contained in functional analyses, master files, and other supporting documentation to assess whether a structure is based on genuine economic reasons or whether, on the contrary, one of its principal purposes is to obtain tax advantages that are inconsistent with the object and purpose of the applicable treaty.