Ir al contenido principal

Gobierno adopta beneficios tributarios y mecanismos de alivio mediante el Decreto Legislativo 1474 de 2025

 

En el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada el 22 de diciembre de 2025, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025. Esta norma introduce un paquete excepcional de alivios enfocado en facilitar el cumplimiento tributario y disminuir la carga financiera de los contribuyentes. Entre las medidas destacan reducciones de sanciones e intereses, incentivos para normalizar omisiones e inexactitudes, y mecanismos de conciliación en procesos administrativos y judiciales.

Si bien estos decretos están sujetos a control automático por parte de la Corte Constitucional, conforme al artículo 215 de la Constitución Política, los beneficios utilizados durante su vigencia se consideran derechos adquiridos, en tanto se aplican bajo una norma válida al momento de su ejecución.

Uno de los alivios más relevantes es la reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios para obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en mora a 31 de diciembre de 2025. Los contribuyentes podrán ponerse al día pagando el 100% del impuesto, intereses calculados a una tasa preferencial del 4,5% anual y únicamente el 15% de la sanción actualizada. El beneficio estará disponible hasta el 31 de marzo de 2026 y no admite compensaciones ni cruces de cuentas.

El Decreto también ofrece incentivos para regularizar declaraciones omitidas, inexactitudes y obligaciones formales. Quienes presenten o corrijan sus declaraciones hasta el 30 de abril de 2026 podrán acceder a sanciones reducidas al 15% y no pagar intereses de mora, siempre que cancelen el total del impuesto y acepten las glosas propuestas por la DIAN. Estas disposiciones aplican igualmente para obligaciones que se encuentren en discusión administrativa sin decisión del recurso de reconsideración.

En materia judicial, se habilita un mecanismo de conciliación contencioso-administrativa para procesos tributarios, aduaneros y cambiarios con demandas radicadas antes del 31 de diciembre de 2025. Dependiendo del tipo de proceso, será posible conciliar entre el 70% y el 85% de sanciones e intereses. Las solicitudes deberán presentarse como fecha límite el 31 de mayo de 2026 y quedarán sujetas a aprobación judicial.

Este conjunto de alivios constituye una oportunidad relevante para que empresas y personas naturales reduzcan cargas acumuladas, mejoren su situación fiscal y resuelvan controversias pendientes con la administración tributaria. Dada la naturaleza transitoria y los requisitos específicos, es recomendable evaluar cada caso de manera individual para determinar la conveniencia de acogerse a las medidas.

¿Te resultó útil esto?

Gracias por tus comentarios