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Mediante la Resolución número 012660 la DIAN ha suspendido desde el 26 de agosto hasta el 11 de septiembre del 2026, los términos de los procesos y actuaciones administrativas tributarias, aduaneras y cambiarias en las zonas del país afectadas por el terremoto del pasado 10 de agosto, particularmente en las direcciones seccionales de Pereira, Tuluá y Buenaventura.
Dentro de este período, se suspenderán los términos de las actuaciones administrativas, procesales y de fiscalización a cargo de la DIAN así como aquellos a cargo de los contribuyentes, responsables, declarantes, agentes retenedores, usuarios aduaneros, operadores de comercio exterior y demás obligados cuya gestión dependa de la actuación de la entidad.
Para las direcciones seccionales de Armenia, Manizales, Palmira, Popayán y Quibdó, así como las direcciones seccionales de Impuestos y de Aduanas de Cali que habían quedado cobijadas por la suspensión decretada el pasado 13 de agosto, se retomaron los términos a partir del 26 de agosto de 2026, de conformidad con lo establecido en la Resolución número 012017 de 2026.