El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de decreto a través del cual se propone modificar el Decreto 566 de 2025 que reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario (CERT).
El proyecto normativo tiene como finalidad prorrogar la vigencia del Certificado de Reembolso Tributario por cinco años adicionales a la vigencia prevista en el Decreto 566 de 2025, razón por la cual se estima que el beneficio proceda respecto de las operaciones de exportación de bienes y servicios realizadas hasta el 31 de diciembre de 2031.
De igual forma, el proyecto de decreto busca adicionar las siguientes subpartidas arancelarias del sector de electrodomésticos al artículo 5 del Decreto 566 de 2026, para que sean objeto del beneficio del CERT:
7321111100 |
7321111200 |
7321111900 |
7321111900 |
8418101000 |
8418102000 |
8418103000 |
8418109000 |
8418211000 |
8418212000 |
8418213000 |
8418219000 |
8418300000 |
8418400000 |
8419110000 |
8419191000 |
8419199000 |
8450110000 |
8450120000 |
8450190000 |
8450200000 |
8509401000 |
8509409000 |
8509802000 |
8516400000 |
8516602000 |
8516100000 |
8516500000 |
8516710000 |
8516720000 |
8516790000 |
|
|
El Ministerio recibirá comentarios sobre el proyecto de decreto desde el 4 y hasta el 18 de julio de 2026 y regirá a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, modificando en lo pertinente el Decreto 566 de 2025.
El pasado 19 de junio fue publicada la Ley 2586, por medio de la cual se adopta el nuevo Régimen Sancionatorio y de Decomiso de Mercancías en materia aduanera, así como el procedimiento aplicable ante el incumplimiento de obligaciones y disposiciones aduaneras en el marco de las operaciones de comercio exterior y se dictan otras disposiciones.
La nueva Ley cuenta con cinco Títulos que comprenden: Disposiciones Generales; Sanciones y Multas; Causales de Aprehensión y Decomiso de Mercancías; Procedimientos Administrativos y Disposiciones Finales y dentro de los cambios más relevantes que introduce, se encuentra la reducción de sanciones y causales de aprehensión.
Ante esta importante novedad, recientemente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó la Resolución 000019 a través de la cual desarrolla y reglamenta la Ley 2586, abordando entre otros, los siguientes aspectos: fiscalización aduanera, medidas cautelares y avalúo de las mercancías.
La Resolución regirá a partir del día de su publicación en el diario oficial derogando la Resolución 95 de 2023.
Desde el 1 de julio de 2026 y hasta el 1 de julio de 2028, las mercancías procedentes de terceros países compradas en línea y enviadas directamente a los consumidores de la Union Europea estarán sujetas a un derecho de aduana de 3 euros por artículo.
El impuesto o derecho de aduana de 3 euros se aplica por artículo a los envíos con un valor de hasta 150 euros y aplica a los bienes comprados en línea y enviados directamente a los consumidores y se calculará sobre la base del valor, el origen y la clasificación arancelaria de la mercancía.
El responsable de pagar los derechos de aduana será el declarante que se convierte en deudor y que no puede ser el consumidor, por consiguiente, esta responsabilidad recaerá en las plataformas y los vendedores, o en el transportista o agente que declara las mercancías a las autoridades aduaneras y no será un cargo cobrado al comprador en el momento de la entrega.