El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha expedido el Decreto nro. 0509 de 2026, a través del cual reglamenta el artículo 52 de la Ley 2277 de 2022, modifica el epígrafe del Título 6 y adiciona el Capítulo 4 al Título 6 de la Parte 5 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en lo relacionado con la no causación del Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
El decreto incluye disposiciones relacionadas con la determinación de la no causación del Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes; la expedición de la Certificación de Economía Circular (CEC) y su contenido para que los contribuyentes liquiden y presenten la declaración correspondiente a partir de dicha certificación; la documentación que se debe conservar, y el reconocimiento de la no causación.
El decreto entra a regir a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Mediante un comunicado de prensa, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha anunciado que las Comisiones Segundas de Cámara y Senado votaron positivamente, de manera unánime, el proyecto de ley que consagraría el nuevo régimen sancionatorio aduanero.
Debe recordarse que en febrero de 2025, la Corte Constitucional expidió la Sentencia 072/25 mediante la cual declaró inexequible el Decreto Ley 920 de 2023 que establece el régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera así como el procedimiento aplicable, dando plazo hasta el 20 de junio de 2026 para que el Congreso expida una nueva ley, por lo que, si para dicha fecha no se expide la nueva normatividad, el país se encontraría ante un escenario de vacío jurídico en esta materia.
Dentro de los cambios propuestos en el proyecto legislativo se encuentra la aplicación del principio de favorabilidad, multas proporcionales a la gravedad de las infracciones, reducción de procedimientos y eliminación de sanciones.