El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó un proyecto de decreto a través del cual propone modificar parcialmente el Arancel de Aduanas para las importaciones de vidrio flotado incoloro clasificado con las subpartidas arancelarias 7005.29.10.00 y 7005.29.90.00.
Según el proyecto normativo, se establecería un arancel del treinta y cinco por ciento (35%) para las importaciones de vidrio flotado incoloro clasificado en las subpartidas 7005.29.10.00 y 7005.29.90.00. por un periodo de cinco (5) años contados a partir de su entrada en vigor, sin perjuicio de lo previsto en los tratados, conveníos y acuerdos internacionales vigentes para Colombia en materia comercial.
El proyecto de decreto se encuentra publicado para recibir comentarios hasta el 21 de mayo de 2026 y entrará a regir a los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de su publicación en el Diario Oficial, modificando parcialmente el artículo 1° del Decreto 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen, sustituyan o deroguen.
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