Suspensión del Decreto 1469 de 2025 por medio del cual se fijó el salario mínimo para el año 2026
El Consejo de Estado publicó el Auto por medio del cual ordenó suspender provisionalmente los efectos del Decreto 1469 de 2025 por medio del cual se fijó el salario mínimo legal para el año 2026.
El Consejo de Estado igualmente ordenó al Gobierno Nacional que dentro de los 8 días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación del Auto, expida un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo para el año 2026 y el consecuente valor del mismo. Este “porcentaje transitorio” regirá hasta tanto se dicte una sentencia definitiva en el proceso.
Adicionalmente, el Alto Tribunal ordenó diferir los efectos de la suspensión provisional hasta que se publique el Decreto en el que se fije el “porcentaje transitorio” de aumento que se menciona en el párrafo anterior. Por lo que, durante el periodo comprendido entre la notificación del auto y la publicación del nuevo Decreto, el valor del salario mínimo para el 2026 seguirá siendo el establecido en el Decreto 1469 de 2025, es decir COP $1.750.905 más COP $249.095 por concepto de auxilio de transporte.
Por último, el Consejo de Estado dispuso que la suspensión del Decreto 1469-2025 no tendrá ningún efecto sobre las obligaciones y derechos que se calcularon y pagaron en lo que lleva corrido del 2026.
Desde Deloitte, a continuación, presentamos respuestas a preguntas que han ido surgiendo:
- ¿Tengo que hacer algo hoy 13 de febrero? No. Mientras no se expida el nuevo Decreto que fije el “porcentaje transitorio” no se debe hacer ningún ajuste ni tomar ninguna acción porque el Decreto 1469 de 2025 continúa vigente.
- ¿Qué pasa con la quincena que tengo que pagar el 15 de febrero? Se paga con base en el Decreto 1469 de 2025. Para la quincena que se tiene que pagar el 15 de febrero de 2026 sigue aplicando el salario mínimo de COP $1.750.905 más COP $249.095 por concepto de auxilio de transporte.
- ¿Qué pasa con el salario y las cotizaciones a seguridad social que pagué en enero de 2026? El salario mínimo que se pagó en enero de 2026 se mantiene en firme, así como el pago de cotizaciones al sistema de seguridad social.
- ¿Le puedo pedir a un trabajador que me devuelva lo que le pagué en enero o en la primera quincena de febrero de 2026? No. Lo pagado en enero de 2026 mantiene vigencia y no debe ser reintegrado.
- ¿Qué pasa si firmé un otrosí para modificar el salario integral? Si de mutuo acuerdo las partes modificaron la modalidad del salario del trabajador mediante un otrosí, salvo que exista una disposición expresamente acordada en contrato, dicho acuerdo sigue produciendo efectos.
- ¿Esta decisión afecta el pago de cesantías que tengo que hacer antes del 14 de febrero? No. Las cesantías que se deben pagar antes del 14 de febrero de 2026 dependen del salario que recibieron los trabajadores en el año 2025 por lo que esta medida no afecta ese pago.
- ¿Esta decisión del Consejo de Estado es una sentencia definitiva? No. Es una medida provisional. Todavía falta que el Consejo de Estado emita una sentencia definitiva en la que decida si el Decreto 1469 de 2025 está o no en contra de la Ley y la Constitución Política.