En una primera etapa, se introdujo en el ejercicio 2005 la obligatoriedad para los grupos consolidados cotizados de emitir sus cuentas anuales aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
En una segunda etapa, en el ejercicio 2007 se aprobó el nuevo Plan General de Contabilidad, aplicable no solo a las empresas cotizadas (estados financieros individuales) sino también a la mayor parte de sociedades españolas las cuales, en general, no habían tenido un contacto significativo previo con las normas internacionales.
Finalmente, una última etapa en la cual se aprobaron en el ejercicio 2010 las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas (NOFCAC) así como una serie de modificaciones que afectaban a cuatro Normas de Registro y Valoración (NRV) del Plan General de Contabilidad, algunas de ellas tan relevantes como la NRV 19ª sobre Combinaciones de Negocios o la NRV 21ª sobre Operaciones entre Compañías del Grupo.
Dicha implantación inicial y su posterior aplicación práctica, no ha estado exenta de dificultades derivadas, entre otros motivos, de la elevada complejidad de la nueva normativa en comparación con el antiguo Plan General de Contabilidad del año 1990. Esta circunstancia ha motivado la frecuente necesidad de interpretar y contrastar las normas contables, proceso que requiere, en cualquier caso, de un esfuerzo común de todas las partes implicadas para lograr unos resultados satisfactorios.