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Tax Update del 05 al 18 de septiembre

Las novedades más relevantes en materia impositiva de Argentina

Novedades provinciales

Ley VII-106. Adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) (BO 12/09/25)

Por medio de la presente, la provincia de Misiones se adhiere a los términos previstos en el Título VII de la Ley Nacional N° 27.742, Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, denominado Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que contiene los Capítulos I al XII y los artículos 164 al 228 respectivamente, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente ley

Decreto N°272/2025 – Régimen de Promoción Económica e Industrial. Reglamentación. (BO 18/09/25)

Se aprueba como Anexo I del presente Decreto, la reglamentación de la Ley N° 5.766, la cual creo un régimen de Promoción Económica e Industrial aplicable en la Provincia de Río Negro.

Se establecen aclaraciones en cuanto al ámbito de aplicación, objeto de la Ley, sujetos alcanzados por el régimen de promoción, beneficios e incentivos generales e impositivos otorgados. Asimismo, se reglamenta el régimen sancionatorio en caso de incumplimiento.

Se enumeran las actividades promovidas a efectos de la Ley N°5.766 y se reglamenta el proceso de solicitud de adhesión al régimen.

Resolución N°131-ASIP. Tasa de Interés – Artículos 51° y 52° del Código Fiscal Ley N°3486. (BO 16/09/25)

Mediante la presente, se deroga la Resolución General ASIP Nº140/2024 y se actualizan las tasas de interés aplicables a deudas tributarias.

Se fija la tasa de interés resarcitorio en 4% mensual (0,133% diario), que se devengará desde los respectivos vencimientos y hasta la fecha de pago, o en su caso, hasta la fecha de interposición de la demanda de ejecución fiscal y hasta el efectivo pago. Asimismo, se establece la tasa de interés punitorio en 5% mensual (0,167% diario), que se devengará desde la fecha de interposición de la demanda de ejecución fiscal y hasta su efectivo pago.

La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2025.

Ley N°9911. Régimen de incentivos para inversiones y creación de empleo. (BO 15/09/25)

Mediante la presente se establece el Régimen de Incentivos a la Inversión y Creación de Empleo en la Provincia. Los beneficios incluyen exención en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos según escala incluida en la mencionada Ley, deducción de remuneraciones para el cómputo del Impuesto para la Salud Pública según lo establecido en la reglamentación y estabilidad fiscal por 10 años. Para acceder, las empresas deben presentar un proyecto de inversión aprobado, cumplir con obligaciones fiscales provinciales y generar empleo local.

Ley N°9912. Régimen de Promoción y Fomento de Generación de Energía Eléctrica. (BO 15/09/25)

Mediante la presente, se crea el “Régimen de Promoción y Fomento de Generación de Energía Eléctrica de origen solar, eólico, biomasa y biogás” para las personas físicas o jurídicas que se radiquen o que se encuentren radicadas en la Provincia de Tucumán.

Asimismo, se establece un régimen de promoción y fomento que otorga beneficios tributarios, como exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto a la Salud Pública según las condiciones establecidas en esta normativa. 

IMPUESTO INTERNO - MEDIDAS CAUTELARES

Coto Centro Integral de Comercialización S.A. c. En - AFIP - DGI - Ley 19549 s/ proceso de conocimiento, 10/07/2025

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, SALA I.

Coto Centro Integral de Comercialización S.A. promovió demanda contenciosa solicitando la nulidad de la resolución 80/2023 de la AFIP-DGI, que rechazó un recurso de apelación y confirmó el rechazo de compensaciones realizadas en 2017, intimando el pago de $3.441.895,24 por impuestos internos más intereses. La actora sostuvo que la resolución interpretó erróneamente el artículo 57 de la ley 3764, aplicando una norma antigua para rechazar compensaciones válidas según la ley 11.683.

El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró la nulidad de la resolución y fundamentó su decisión en que el decreto reglamentario de la ley 3764 remite a la ley 11.683, que permite compensar deudas tributarias con saldos a favor no impugnados. Citó jurisprudencia de la causa “Alpine Electronics”, que respalda una interpretación armónica de las normas tributarias y rechaza un trato desigual en la forma de pago si no está claramente establecido por la normativa.

La AFIP apeló, pero el tribunal confirmó la sentencia. Destacaron que la administración fiscal no cuestionó ni la legitimidad del saldo a favor ni la calidad de sujeto responsable, sino únicamente el método de cancelación utilizado. Reiteraron que no hay obstáculo legal para cancelar obligaciones mediante compensación, y se citó jurisprudencia coincidente, incluyendo fallos en causas conexas como “Geosistemas SRL” y “Visuar SA”.

La jueza Heiland votó en disidencia, proponiendo revocar la sentencia y rechazar la demanda, considerando que la RG 4334/18 pudo inducir a error a la actora. El juez Facio adhirió al voto de la jueza do Pico. Por mayoría, el tribunal resolvió desestimar los agravios de la AFIP, confirmar el pronunciamiento apelado y distribuir las costas en el orden causado.

Para mayor información y análisis de las normas, sugerimos contactar vía e-mail a nuestros profesionales, quienes lo asesorarán particularmente.

La presente publicación es una síntesis de las novedades más relevantes en materia impositiva. Por lo tanto, incluye en forma sintética sólo aquellas normas que hemos considerado de mayor interés. Asimismo, el contenido del presente no constituye en ningún caso una interpretación u opinión de nuestra parte, sino un resumen de las normas que se indican.

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