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Impuestos Indirectos y Comercio Exterior

Boletín semanal | 5 de marzo 2026

 

Gobierno colombiano aumentaría arancel recíproco impuesto a las importaciones provenientes de Ecuador

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha publicado un proyecto de decreto a través del cual se modifica el Decreto 0170 que estableció un arancel del 30% a productos importados desde la República del Ecuador, y se toman otras medidas de restricción al ingreso de mercancías provenientes y originarias de dicho país.

Este proyecto normativo propone establecer la tasa del gravamen arancelario en un 50%, en respuesta a que el Gobierno de la República del Ecuador recientemente también incrementó el arancel aplicable a productos colombianos hasta el cincuenta por ciento (50%) ad valorem, a partir del 1 de marzo de 2026.

De igual forma, el proyecto normativo señala que las demás disposiciones del Decreto 0170 que no hayan sido modificadas por el artículo 1 continuarán vigentes en los mismos términos y condiciones originalmente establecidos.

El Ministerio publica el proyecto de decreto para recibir comentarios del 1 al 5 de marzo de 2026 por medio de correo electrónico y entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el diario oficial.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Proyecto de decreto del 28 febrero de 2026

 

Ya se encuentra disponible el prevalidador para presentar el Formato 3300-versión 02 y fueron publicados los lineamientos ambientales y fiscales para la importación de plásticos de un solo uso a Colombia

 

Recientemente fue publicado un documento conjunto emitido por la DIAN y por el Ministerio de Ambiente donde establecen los lineamientos ambientales y fiscales para la importación de plásticos de un solo uso a Colombia.

Dentro de los lineamientos, las entidades señalan el marco normativo vigente, las definiciones técnicas de envase, empaque y embalaje, el concepto de plástico de un solo uso y el detalle de las exclusiones establecidas por la ley, igualmente se indican los documentos que deberán conservar los importadores en caso de aplicar alguna exclusión.

Adicionalmente, ya se encuentra disponible en la página web de la DIAN https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/Prevalidadores.aspx, el prevalidador para la presentación del Formato 3300-versión 02 para el reporte de declaraciones de importación para la declaración, liquidación y pago del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso en la importación (IPUSUI), de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 000005 expedida el pasado 10 de febrero.

Al respecto, tenga en cuenta que el formato podrá presentarse, únicamente por el periodo gravable 2025, hasta el 31 de marzo de 2026.

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 26 de febrero de 2026.

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