Ir al contenido principal

Impuestos indirectos y comercio exterior

Boletín semanal | 14 de agosto 2025

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publica proyecto de decreto con el propósito de adoptar medidas para la prevención y el control del fraude aduanero en las importaciones de hilos de coser de fibras sintéticas discontinuas e hilados de algodón

 

 

Ha sido publicado un proyecto normativo a través del cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo pretende establecer medidas para la prevención y el control del fraude aduanero en las importaciones de hilos de coser de fibras sintéticas discontinuas comprendidas en las subpartidas 5508.10.10.00 y 5508.10.90.00, e hilados de algodón comprendidos en la partida 5206.

En efecto, las importaciones de estos productos cuyo precio FOB declarado por KG bruto declarado sea inferior o igual al umbral establecido por la entidad, deberán cumplir con las medidas propuestas en el proyecto de decreto, sin importar el medio de transporte que se emplee para realizar dichas importaciones.

Los comentarios al proyecto normativo podían ser enviados hasta el 13 de agosto del presente año, y se espera que el decreto entre en vigencia a partir de los quince (15) días comunes siguientes a su publicación en el Diario Oficial.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Proyecto de decreto del 8 de agosto de 2025

 

Proyecto normativo busca incluir nueva subpartida a listado de bienes de capital del Decreto 1446 de 2022

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó un proyecto de decreto con el cual busca incluir la subpartida 8443.39.10.00 en el listado de bienes de capital dispuesto en el Decreto 1446 del 3 de agosto de 2022.

Dicha subpartida comprende “Máquinas para imprimir por chorro de tinta” las cuales según clasificación CUODE se identifican con el código 840 “Maquinaria Industrial” y conforme con clasificación GGCE como “Maquinaria y otro equipo de capital (excepto equipo de transporte)” (CIIU Revisión 3 y 4, en la categoría 41).

El Proyecto normativo fue publicado el pasado 8 de agosto y se recibirán comentarios de la ciudadanía hasta el 23 de agosto de 2025 y entrará a regir a partir de 15 días comunes después de su publicación en el Diario Oficial.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

proyecto de decreto del 8 de agosto de 2025

 

El INVIMA publica proyecto de resolución con el fin de establecer el contenido y periodicidad de los reportes de información a cargo de titulares de Registro Sanitario, importadores y fabricantes en el marco de la gestión preventiva del desabastecimiento de medicamentos

 

El INVIMA dio a conocer un proyecto de resolución a través del cual busca establecer disposiciones relativas al reporte de información para la gestión preventiva del desabastecimiento de medicamentos de síntesis química, gases medicinales y biológicos que deben presentar los titulares, fabricantes e importadores de registro sanitario de los mismos, en términos de disponibilidad de medicamentos, causas de no disponibilidad y tratamiento de las mismas.

El proyecto normativo indica aspectos como el contenido a reportar, la periodicidad de los reportes, los mecanismos de remisión de reportes, el deber de atender requerimientos y responsabilidades frente a la obligatoriedad de la información.

La resolución regirá a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – Invima

Proyecto de resolución del 16 de julio de 2025.

¿Te resultó útil esto?

Gracias por tus comentarios