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Impuestos Indirectos y Comercio Exterior

Boletín semanal | 13 de marzo 2026

 

MINCIT publica decreto con el cual modifica el Decreto 2147 de 2016 sobre las condiciones para la declaratoria de existencia de Zonas Francas Permanentes Especiales para el desarrollo de infraestructura y actividades ferroviarias

 

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo publicó el Decreto 0216 mediante el cual propone modificar parcialmente el Decreto 2147 de 2016, en lo relacionado con la reglamentación de las condiciones y requisitos para la declaratoria de existencia de zonas francas permanentes especiales para el desarrollo de infraestructura y actividades ferroviarias y dictar otras disposiciones.

Dentro de las modificaciones se encuentra una excepción al principio de exclusividad, siendo que se permitiría que los Operadores de Servicios de Transporte Ferroviario que se califiquen como usuarios industriales en una zona franca permanente y el usuario industrial reconocido en una zona franca permanente especial para el desarrollo de infraestructura y actividades ferroviarias, realicen operaciones de interconexión a través de la red férrea nacional movilizando su material rodante y presten servicios de transporte ferroviario para el correcto desarrollo de su actividad, incluso, por fuera del área declarada como zona franca.

El Decreto también adiciona nuevas disposiciones sobre la declaratoria de existencia de zonas francas permanentes especiales para el desarrollo de infraestructura y actividades ferroviarias, y sobre definiciones que deberán considerarse para dicha declaratoria.

Esta nueva norma entrará en vigencia transcurridos quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial modificando parcialmente el Decreto 2147 de 2016.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Decreto 0216 del 5 de marzo de 2026

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