Resolución General ARCA N° 5723/2025 (BO 14/07/25)
Mediante la presente, se establecen modificaciones al Régimen para el Personal de Casas Particulares. La resolución faculta a ARCA para realizar actualizaciones y/o correcciones de oficio en el Régimen mencionado, cuando se detecten datos incorrectos o desactualizados que comprometan la integridad de la información registral.
Por otra parte, se amplían las formas de pago para cancelar las obligaciones de los recursos de la seguridad social correspondientes a los trabajadores incluidos en dicho Régimen, a través de las siguientes plataformas:
- Depósito Bancario en sucursal o entidad habilitada
- Transferencia electrónica de fondos
- Utilización de tarjeta de crédito (pudiendo optarse por la adhesión al débito automático)
- Débito directo en cuenta bancaria y/o a través de cajeros automáticos
- Plataformas de pago electrónico o digitales, “homebanking”, billeteras virtuales y código de respuesta rápida “QR”.
- Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Los responsables deberán tomar los recaudos necesarios para gestionar, con la debida antelación, las autorizaciones requeridas a fin de habilitar los medios electrónicos en la respectiva entidad de pago.
Las modificaciones efectuadas hasta el último día de cada mes inclusive tendrán efecto respecto de las obligaciones cuyo vencimiento opere a partir del mes calendario inmediato siguiente. No obstante, cuando se realice el pago mediante Volante Electrónico de Pago (VEP) para abonar desde homebanking, billeteras virtuales o tarjeta de crédito, o utilice un código de respuesta rápida QR, se verán reflejadas en forma inmediata.
La presente medida entra en vigencia al día hábil siguiente de su publicación en el Boletín Oficial (15/07/25).
Resolución ME N° 938/2025 (BO 11/07/25)
Mediante la presente se modifica el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión, creado para fomentar la competitividad industrial en Argentina. Esta normativa incluye ahora proyectos de generación de energía eléctrica y simplifica requisitos para inversiones locales, permitiendo que el 10% del valor de bienes importados sea adquirido en el país. Asimismo, se establece un plazo de un año para la puesta en marcha de los proyectos y se prorrogan plazos para rendiciones de cuentas de proyectos anteriores. La resolución también detalla sanciones por incumplimientos y establece la obligación de mantener la posesión de bienes importados.
Resolución STEYSS N° 437/2025 (BO 17/07/25)
Mediante la presente, el Ministerio de Capital Humano aprobó el Programa de Crédito Fiscal, el cual busca fortalecer las competencias laborales de trabajadores ocupados y las condiciones de empleabilidad de trabajadores desocupados para mejorar sus posibilidades de inserción laboral, incrementando la productividad y la competitividad de las empresas.
El Programa se implementará mediante la emisión de certificados de Bono Fiscal a favor de las empresas y/o cooperativas de trabajo que desarrollen propuestas que contengan acciones de formación profesional. Dichos bonos serán destinados a la cancelación de obligaciones impositivas nacionales, siendo el cupo total de crédito fiscal de $400.000.000, distribuido por regiones del país.
Los organismos responsables (PyMES, grandes empresas y cooperativas de trabajo) podrán incluir a otras entidades, denominadas “Organismos Adherentes”, tales como otras compañías de su cadena de valor, instituciones de formación profesional, entes administradores de agrupamientos industriales, y asociaciones sectoriales, debiendo prestar su conformidad en cuanto a la función y responsabilidades que les sean asignadas en el diseño e implementación de las propuestas.
Los Organismos Adherentes podrán brindar apoyo en la planificación y ejecución de planes de capacitación de personal o tener un rol estratégico en la formación de recursos humanos en la localidad y/o en el sector de actividad. Sin embargo, no serán destinatarios del Bono Fiscal, y deberán informar sobre la ejecución de la propuesta en los aspectos que le conciernen al finalizar las acciones para que el organismo responsable obtenga su certificado fiscal.
Quedan exentos de participar quienes estén en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) o cuya actividad principal sea la intermediación financiera y servicios de seguros, con algunas excepciones. Tanto los Organismos Responsables como los Adherentes deberán estar inscriptos en el Registro de Instituciones de Capacitación y Empleo (REGICE).
Las propuestas deberán cargarse en la “Plataforma Crédito Fiscal” de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Resolución General ARCA N° 5727/2025 (BO 22/07/25)
Mediante la presente se determina que las empresas radicadas en el área aduanera especial creada por la Ley N° 19.640 (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur), interesadas en comercializar sus productos al por menor, en los términos y condiciones establecidos por el régimen simplificado de importación de pequeños envíos, deberán habilitar a estos efectos un sistema de venta “online”, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Anexo que se aprueba y forma parte de la Resolución General.
Asimismo, este régimen permite a las personas físicas en el territorio continental argentino adquirir hasta tres unidades de la misma especie por año, con un límite de valor FOB de USD 3,000 por envío.
Las mercaderías compradas bajo este régimen están exentas de impuestos, incluyendo el IVA, y se encuentran exceptuadas de ciertos requisitos aduaneros.
Resolución General CNV N° 1076/2025 (BO 24/07/25)
Mediante la presente se introducen modificaciones orientadas a simplificar procedimientos, agilizar las colocaciones y mejorar la competitividad del mercado de capitales local. Al respecto:
- Se suprime la obligación de notificar con 5 días de antelación de la intención de emitir, por parte de los Emisores Frecuentes, así como la obligación de informar el desistimiento de la emisión;
- Se habilita la emisión y/o reemisión de series o clases dentro del monto global autorizado bajo el Régimen de Emisor Frecuente, equiparando dicha facultad con la prevista para los Programas Globales;
- Se simplifican los requisitos para los trámites de Certificados de Depósito Argentinos (CEDEARs) y Certificados de Valores (CEVAs), se reemplaza el informe legal por una declaración jurada del emisor;
- Se actualiza el monto mínimo de suscripción para adecuarlo al contexto económico actual, facilitando colocaciones de mayor escala y evitando límites desactualizados que restrinjan operaciones viables; y
Se flexibilizan los plazos de difusión, reduciéndolos 1 día hábil para la difusión de todas las colocaciones de valores negociables, excepto para los supuestos de refinanciación o canje, que se establece en 2 días hábiles; y asimismo se clarifica el cómputo de los plazos de difusión en todas las colocaciones de Oferta Pública.
Resolución General ARCA N° 5728/2025 (BO 25/07/25)
Mediante la presente, se homologa un nuevo "Controlador Fiscal" de nueva tecnología, la Caja Registradora KRETZ LEGA 100TEA, versión 01.01, autorizando a KRETZ SA como empresa proveedora tras cumplir con los requisitos técnicos y legales exigidos por las normativas vigentes.
El equipo homologado podrá emitir comprobantes fiscales y no fiscales, así como informes, contribuyendo a la transparencia fiscal y la correcta discriminación de impuestos en las operaciones de ventas y servicios.