La declaración informativa D-195 deberá presentarse, a más tardar, el próximo 30 de abril de 2024. Esta es una obligación que deben realizar todas las personas jurídicas y legalmente constituidas, en dicho formulario los contribuyentes deberán consignar la información de los bienes y obligaciones correspondientes al periodo fiscal ordinario del impuesto sobre las utilidades del año anterior, que abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
El artículo 2 de la “Ley del impuesto sobre la renta” (N° 7.092) establece que todas las personas jurídicas y legalmente constituidas, independientemente de si realizan o no una actividad lucrativa, serán contribuyentes del impuesto sobre las utilidades. No obstante, la legislación “Simplificación de trámites tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativa” (N° 10.160) reformó dicho artículo para precisar que, las también conocidas como sociedades inactivas, solamente estarán en la obligación de suministrar el resumen de los incrementos en sus activos, pasivos y capital a la Administración Tributaria.
Para cumplir con esta obligación, la Dirección General de Tributación dio a conocer mediante la resolución general N° MH-DGT-RES-0007-2023, la “Declaración informativa de personas jurídicas inactivas D-195”, que está disponible en la Administración Tributaria Virtual (ATV) del sitio web del Ministerio de Hacienda, en la sección de “Informativas”. La resolución se publicó el 29 de marzo de 2023 en el diario oficial La Gaceta N° 58, alcance N° 55.
Consideraciones al constituir una sociedad
Sanciones por incumplimiento
The informative return D-195 must be filed no later than April 30th, 2024. This is an obligation that must be carried out by all legal and legally constituted persons, in this form taxpayers must enter the information of the assets and obligations corresponding to the ordinary fiscal period of the income tax of the previous year, which covers from January 1st to December 31st of each year.
Article 2 of the "Income Tax Law" (No. 7,092) establishes that all legal and legally constituted persons, regardless of whether or not they carry out a lucrative activity, shall be taxpayers of income tax. However, the legislation "Simplification of tax procedures for legal entities without lucrative activity" (No. 10,160) amended this article to specify that the also known as inactive companies will only be obliged to provide the summary of the increases in their assets, liabilities and capital to the Tax Administration.
To comply with this obligation, the Directorate General of Taxation announced through General Resolution No. MH-DGT-RES-0007-2023, the "Informative Declaration of Inactive Legal Entities D-195", which is available in the Virtual Tax Administration (ATV) of the Ministry of Finance website, in the "Informative" section. The resolution was published on March 29th, 2023 in the official gazette La Gaceta No. 58, scope No. 55.
Considerations When Incorporating a Company
Penalties for non-compliance
Las afirmaciones y consideraciones aquí expresadas constituyen nuestra opinión profesional, que podría no ser compartida por las autoridades administrativas, judiciales, o por otras personas, razón por la cual no asumimos ninguna responsabilidad por eventuales sanciones y/o condenas que se puedan derivar de la aplicación de las mismas. Sin embargo, reiteramos que nuestra opinión tiene soporte legal y técnico para ser debatida ante las autoridades de impuestos.
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