El pasado 6 de mayo de 2025, fue publicado un proyecto de decreto a través del cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo pretende modificar el Decreto 2147 de 2016 que regula el régimen de zonas francas en Colombia, proponiendo, entre otros, los siguientes cambios:
Este proyecto normativo se encuentra publicado hasta el 21 de mayo para recibir comentarios de la ciudadanía y entraría en vigor transcurridos quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica parcialmente el Decreto 2147 de 2016.
Mediante un comunicado de prensa, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, dio a conocer que Colombia suscribió el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo entre los bloques de la Alianza del Pacífico y MERCOSUR, con el fin de optimizar la cooperación entre las aduanas de la región y ampliar los beneficios para los Operadores Económicos Autorizados, reduciendo tiempos y costos en procesos aduaneros, mitigando riesgos logísticos y aumentando la competitividad.
Adicionalmente, se firmó un Plan de Acción Conjunto con la Aduana de El Salvador, que busca agilizar la adhesión de ese país al Acuerdo Multilateral Regional de Reconocimiento Mutuo OEA, del cual Colombia ya es parte.
Estos acuerdos se celebraron dentro de la XXVII Conferencia Regional de directores generales de aduanas de las Américas y el Caribe, celebrada en El Salvador, el pasado 5 y 6 de mayo bajo el lema “Una aduana que materializa sus compromisos referidos a la eficacia, la seguridad y la prosperidad", reforzando el papel del OEA como figura de confianza, seguridad y facilitación del comercio.
La DIAN informa que en cumplimiento de la Resolución nro. 2455 de 2024 de la Comunidad Andina (CAN), que adopta un nuevo formulario del certificado de origen para el comercio intracomunitario, Colombia, Ecuador y Perú han acordado la implementación de dicho formato a partir del 30 de abril de 2025.
Con la adopción del nuevo formato, desde el 30 de abril, los productores y exportadores deberán emitir sus declaraciones utilizando el nuevo formato (Código 295) para aquellas mercancías destinadas a Ecuador y Perú, que deseen acogerse al trato preferencial establecido en el acuerdo de la CAN, seleccionando en el sistema informático el esquema 55 para Ecuador y el esquema 38 o 55 para Perú, según aplique. Por su parte, estos países emitirán los certificados de origen en formato físico con firmas y sellos manuscritos.
Cabe destacar que Colombia aceptará certificados de origen digitales emitidos por las autoridades competentes de Ecuador en el formato anterior, siempre que tengan fecha de expedición anterior al 30 de abril de 2025.