La Resolución General N° 19/2024 (en adelante, la “RG 19/24”) de la Inspección General de Justicia (en adelante, “IGJ”), publicada en el Boletín Oficial el 4 de septiembre de 2024, establece los requisitos para la inscripción de una “Sucursal Dedicada” en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Recordamos que la “Sucursal Dedicada” incorporada por el artículo 170 de la Ley N° 27.742 (relativa al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones, RIGI) está prevista para aquellos casos en los que una sociedad anónima, una sociedad de responsabilidad limitada o una sucursal de una sociedad constituida en el extranjero desarrolle una o más actividades que no formarán parte del proyecto de inversión a ser adherido al RIGI (el “Proyecto”), o posea uno (1) o más activos que no serán afectados a ese Proyecto, a los efectos de que pueda efectuarlo a través de una sucursal que estará “dedicada” a dicho Proyecto.
Requisitos para la inscripción de una Sucursal Dedicada
A tales fines, la RG 19/24 establece que las sociedades anónimas, incluidas las unipersonales; las sociedades de responsabilidad limitada y las sucursales de las sociedades constituidas en el extranjero (inscriptas ante IGJ en los términos del artículo 118°, tercer párrafo de la ley 19.550), deberán cumplir con los siguientes recaudos:
Cancelación de la inscripción. La RG 19/24 establece también la posibilidad de cancelar la inscripción de la Sucursal Dedicada tras el cumplimiento del Proyecto o bien por decisión de no continuar con el mismo. Asimismo, establece que las sociedades inscriptas en extraña jurisdicción podrán optar por transformar la Sucursal Dedicada en una sucursal en los términos previstos en el articulo 5° de la ley N° 19.550.
La RG 19/24 entró en vigencia el pasado 6 de septiembre de 2024
Esta publicación es una síntesis de una o más novedades en materia legal. Por lo tanto, incluye en forma sintética sólo aquellas normas que hemos considerado de interés. Asimismo, el contenido del presente no constituye en ningún caso una interpretación u opinión de nuestra parte, sino un resumen de las normas que se indican.
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