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Tendencias de fiscalización en Precios de Transferencia y posibles reformas en la materia

Desde la implementación de la normativa hasta el ejercicio fiscal 2024, la
Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- ha determinado ajustes en Precios de Transferencia por más de USD 800 millones, como resultado de auditorías a diversos contribuyentes con operaciones intercompañía.

Para optimizar sus esfuerzos de fiscalización, la SAT ha desarrollado modelos  e riesgo sectorial, priorizando auditorías a contribuyentes cuyo desempeño se sitúa por debajo de la media de su sector económico, y aunque hasta abril de 2025 no se han implementado cambios significativos en la legislación de  precios de transferencia, la SAT ha manifestado su intención de introducir reformas que podrían incluir:

a)  Ampliación del Ámbito de Aplicación: Incorporación de operaciones entre partes relacionadas locales bajo las normas de precios de transferencia. Esta reforma es muy probable porque en Guatemala existen 2 regímenes de impuesto sobre la renta, uno sobre ingresos brutos del 7%, y el tradicional sobre la utilidad a una tasa del 25%. De esa cuenta, se conoce que hay varios grupos empresariales que se facturan entre sí, y que podrían no estar cumpliendo con el principio de libre competencia.

b)  Definición Ampliada de Partes Relacionadas: Revisión y posible expansión de los criterios que determinan cuando dos entidades se consideran relacionadas.

c)  Posible limitación adicional la deducibilidad de las regalías que se cobran/pagan a compañías relacionadas: Actualmente la legislación aplica un límite de deducibilidad del 5% sobre los ingresos brutos de la empresa, no limitados a los ingresos generados por la explotación de los intangibles, sino todos. Noobstante lo anterior, hay una posible reforma que podría disminuir aún más ese porcentaje, cuando el mismo es cobrado/pagado a compañías relacionadas, se ha comentado que podría ser un 2% o 3% máximo deducible sobre los ingresos.

Aunque en Guatemala la normativa de Precios de Transferencia aún no se aplica formalmente a las transacciones entre partes relacionadas locales porque no hay una ley clara que lo permita, la  SAT ha comenzado a auditar  estas operaciones con un enfoque en la sustancia económica y la realidad de las transacciones. Estas auditorías buscan identificar prácticas que puedan erosionar la base imponible, como la manipulación de precios entre entidades locales para reducir la carga tributaria global del grupo empresarial.

La SAT emplea diversas estrategias para identificar y auditar a contribuyentes para este tipo de comportamientos tales como:

  1. Análisis de la Tasa Efectiva del ISR: La SAT calcula la tasa efectiva dividiendo el impuesto determinado entre los ingresos gravados declarados por el contribuyente. Un comportamiento atípico o incongruente en comparación con el promedio del sector puede indicar posibles irregularidades. Por ejemplo, una tasa efectiva significativamente baja o nula puede sugerir la existencia de transacciones entre entidades relacionadas que buscan minimizar la carga tributaria.
  2. Identificación de Pérdidas Recurrentes: Contribuyentes que reportan pérdidas constantes o intermitentes en sus actividades comerciales son objeto de escrutinio. La SAT investiga si estas pérdidas son resultado de estrategias como la manipulación de precios en transacciones entre entidades locales para trasladar utilidades a empresas en regímenes fiscales más favorables. 
  3. Evaluación de Operaciones entre Entidades en Diferentes Regímenes Fiscales: La SAT analiza transacciones entre empresas que operan bajo distintos regímenes fiscales dentro de Guatemala. Por ejemplo, si una entidad en un régimen exento o con incentivos fiscales realiza operaciones con una entidad en el régimen general, se examina si los precios pactados reflejan el valor de mercado o si se han manipulado para reducir la carga tributaria global del grupo empresarial.

Ante este panorama, se recomienda a las empresas guatemaltecas que revisen y, en caso necesario, ajusten sus políticas de precios de transferencia en transacciones locales para alinearse con el principio de plena competencia. Esto no solo contribuirá a una mayor certeza jurídica, sino que también preparará a las empresas para posibles reformas fiscales que formalicen la aplicación de estas normativas a nivel local. 

Dado el enfoque estratégico que la SAT ha adoptado en la fiscalización de Precios de Transferencia, es crucial que las empresas que aún no han reportado sus operaciones intercompañía comiencen a hacerlo para mitigar riesgos de fiscalización.

El incumplimiento en la documentación o declaración de transacciones con partes relacionadas podría derivar en ajustes fiscales significativos, multas y sanciones, e incluso en señalamientos de defraudación tributaria.

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