A través de la Resolución No. 135-2025, la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera entre Guatemala y Honduras actualiza la normativa sobre eltránsito de mercancías entre ambos países a través de El Salvador.
Conozca los puntos claves de la resolución:
a. Habilitación de puestos fronterizos: Se autoriza a las Administraciones Tributarias de Guatemala y Honduras a realizar la verificación electrónica de la Factura y Declaración Única Centroamericana (FYDUCA) en los siguientes puntos:
Estas verificaciones aplican para mercancías transferidas y adquiridas entre Guatemala y Honduras que transiten por El Salvador, antes de ingresar a su destino final.
b. Implementación operativa: La operación se ejecutará conforme al Reglamento para el Funcionamiento de la Integración Profunda, aprobado mediante la Resolución No. 90-2021, incluyendo sus reformas.
c. Infraestructura y seguridad: La autoridad aduanera del estado parte donde se ubique el puesto fronterizo deberá proveer instalaciones adecuadas; garantizar conectividad informática; asegurar condiciones de seguridad para el personal y los equipos.
d. Designación de personal: Se faculta a los Estados Parte para asignar personal y recursos necesarios para el funcionamiento eficiente de los puestos fronterizos habilitados.
e. Derogación normativa: Se deroga la Resolución No. 35-2018, que anteriormente regulaba el tránsito de mercancías por El Salvador bajo FYDUCA.
Esta medida representa un avance significativo en la modernización de la Unión Aduanera Centroamericana debido a los siguientes puntos: