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Principales cambios que deben implementar los contribuyentes con la llegada de TRIBU-CR

Costa Rica

A partir de agosto entrarán en vigencia los siguientes ocho módulos:

  • Oficina virtual (OVI)
  • Declaración y pagos
  • Cuenta integral tributaria
  • Comunicaciones y notificaciones
  • Registro único tributario
  • Consulta Integral Hacendaria
  • Expediente electrónico
  • Gestor documental (en este caso la Administración Tributaria explicó las funciones a colegios profesionales y cámaras empresariales)

Cambios
Con la llegada de TRIBU-CR los contribuyentes no solo deberán explorar una nueva plataforma, sino que tendrán que enfrentar un cambio completo en la forma en la que interactúa con la Administración Tributaria; esto implica, también, una transformación en la forma en la que se declaran las obligaciones.

Desde marzo, la Administración Tributaria ha emitido una serie de resoluciones a consulta pública para dar a conocer los nuevos formatos que se utilizarán en TRIBU-CR; mismos que nuestra Firma ha comunicado en diversos boletines. Una de las más relevantes es la denominada, “Formularios y medio para la presentación de declaraciones del impuesto al valor agregado”, que contempla tres declaraciones: formulario de declaración del impuesto al valor agregado (IVA); formulario de declaración del impuesto al valor agregado-régimen especial bienes usados y el formulario de declaración del impuesto al valor agregado-régimen especial agropecuario.

Otra de las modificaciones que se avecina es que los contribuyentes que hayan autorizado a terceros a presentar sus declaraciones, así como los representantes de personas jurídicas que son responsables de los trámites fiscales ante la Administración Tributaria deberán renovar dichas autorizaciones con la llegada de TRIBU-CR.

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