El día 3 de junio de 2025 se publicó a través del Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”, a través de la Secretaría de Economía, el cual establecía su entrada en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 4 de junio de 2025; sin embargo, se publicó el mismo 3 de junio, mediante un oficio emitido por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), una prórroga a dicha obligación hasta el 7 de julio de 2025.
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