El "Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican", publicado el 3 de junio de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, experimentó dos prórrogas en su aplicabilidad, extendiéndose inicialmente hasta el 7 de julio de 2025 y posteriormente al 11 de agosto de 2025. Sin embargo, a partir del día 11 de agosto de 2025, dicho Acuerdo dejará de ser aplicable.
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