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Esto es lo que deben saber las sociedades mercantiles para inscribir el correo electrónico en sus estatutos

Costa Rica

Desde el 4 de junio de 2025, las sociedades mercantiles deben reportar una dirección de correo electrónico en su escritura constitutiva para recibir notificaciones de las autoridades administrativas y judiciales. Este nuevo requisito se aplica por la directriz DPJ-002-2025, publicada el 30 de mayo de 2025 en el diario oficial La Gaceta, la cual implementa la “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” (N° 10.597).

Si bien la legislación N° 10.597 se publicó el 03 de diciembre de 2024, en el diario oficial La Gaceta, entró a regir hasta junio de 2025, debido a que un transitorio de esta norma le daba un plazo de seis meses al Registro Nacional para poder implementar los cambios.

En el siguiente video, Ricardo Güell, Socio de Deloitte Legal, explica qué deben considerar los representantes legales o accionistas de las sociedades mercantiles con la llegada de esta nueva norma.

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