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Deloitte México

IMSS | Criterio aplicable a Prestaciones en materia de Teletrabajo

Boletín Sueldos y Beneficios 07/2024


El pasado 22 de marzo de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social por el que se aprobó el Criterio número 01/2024/NV/SBC-LSS-27-I, a efecto de precisar que las prestaciones en materia de teletrabajo derivadas de obligaciones patronales de proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo, así como de asumir los costos derivados de la citada modalidad de trabajo especial –incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad–, no forman parte de los conceptos que integran el Salario Base de Cotización (SBC), en términos de la exclusión prevista en el artículo 27, fracción I, de la Ley del Seguro Social.

Le invitamos a consultar el documento completo.

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