Agregar a favoritos Correo electrónico Imprimir esta página

Boletín Tributario

Diciembre 2011

Información Tributaria
Salario base vigente 2011 ¢316.200
Tasa de interés vigente 13,30%
Tasa de sanción por mora
(mes o fracción de mes)
1%
Tipo de cambio referencia BCCR USD
(30 de noviembre 2011)
Compra:

¢ 501,00

Venta:

¢ 512,10

Columna Tributaria

Fondos de Inversión y el Proyecto de Ley de Solidaridad Tributaria

Con la reforma a la Ley Reguladora del Mercado de Valores en 1998, se dibujó un esquema tributario para los ahorrantes en Fondos de Inversión, caracterizado por los siguientes elementos: Se entiende que el Fondo pertenece a los ahorrantes y que éstos son el último fin del producto.

En consecuencia, el legislador tenía entonces una disyuntiva tributaria: por una parte, gravar al ahorrante individualmente considerado, o bien; gravarle en el ámbito del patrimonio colectivo. Sobre el particular, la historia reza que el legislador optó por la segunda opción la cual simplificaba el esquema fiscal aplicable, pues el sujeto tributario es el Fondo y no los ahorrantes finales. De esta forma, en el evento en que el Fondo adquiera valores gravados en la fuente, debe pagar como cualquier ahorrante, debiendo el emisor retener el 8% -actualmente- de los intereses generados por esos valores.

Más aún, si el Fondo recibe ingresos de otras fuentes que no son gravados en la fuente, paga a una tasa del 5% sobre los ingresos brutos correspondientes. Dicho porcentaje aplica sobre posibles ganancias de capital generadas por la venta de activos que haga el Fondo. Consecuentemente, los Fondos de Inversión siempre pagan sobre los ingresos brutos y, además, lo hacen mensualmente utilizando un esquema totalmente transparente.

En síntesis, el esquema se basa en gravar el patrimonio de los ahorrantes, mientras se encuentra en la colectividad, por razones de practicabilidad administrativa. Con los cambios propuestos por el Proyecto de Solidaridad Tributaria, en cuanto establecen un 15% de impuesto a los ingresos y las ganancias de capital de los Fondos de Inversión y se propone derogar, respectivamente, la normativa tributaria contenida actualmente en el numeral 100 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, con lo cual, de concretarse, se provocarían los siguientes cambios en el régimen tributario de los Fondos de Inversión, a saber:

1.- Un aumento del 5% al 15% sobre los ingresos brutos (no hay deducciones; salvo la genérica del 15% flat para toda renta del capital inmobiliario).

2.- En segundo lugar, se aumenta del 5% al 15% el tributo sobre las ganancias de capital.

3.- Se le aplicará el Impuesto de Valor Agregado (IVA) del 14% sobre la comisión de administración. Como el Fondo (sólo ocurre en el Financiero) no tiene ningún mecanismo de compensación, entonces ese tributo afectará directamente el rendimiento de los ahorrantes.

4.- Pagará el14% del IVA sobre la comisión de administración, tributo que se traslada directamente al rendimiento de los ahorrantes según quedó explicado anteriormente –salvo en el inmobiliario, que se acreditará contra el que se repercute al arrendatario-.

Adicionalmente, los ahorrantes deberán pagar el impuesto sobre las ganancias de capital que obtengan del Fondo, en lo que exceda la parte que ya tributó según los párrafos precedentes.

Mario Hidalgo
Socio de Impuestos

Calendario Tributario

Diciembre 2011

Fecha

Descripción

Miércoles 14 de diciembre 2011 D.107 Impuesto a los casinos y salas de juego
D.113 Impuesto sobre rendimientos y ganancias de capital de fondos de inversión
Jueves 15 de diciembre 2011 D.101 Impuesto sobre la Renta
D.103 Retenciones en la fuente
D.104 Impuesto sobre las ventas (sistema tradicional)
D.106 Impuesto selectivo de consumo
D.114 Impuesto único a los combustibles
D.117 Impuesto específico sobre bebidas alcohólicas
D.171 Impuesto específico sobre bebidas envasadas sin contenido alcohólico y jabones de tocador
D 110 Recibo Oficial de Pago 4to tracto de la Contribución especial parafiscal a Fonatel
Sábado 31 de diciembre 2011 Impuesto a la propiedad de vehículos (Marchamo)

Resumen Normativo

Noviembre 2011

Número

Descripción

Gaceta

Fecha

Ley No. 8918 Aprobación de la adhesión de Costa Rica al Convenio Internacional del Sistema armonizado de designación y codificación de mercancías, al protocolo de enmienda al Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, a las recomendaciones de enmienda del Sistema Armonizado y a La Nomenclatura del Sistema Armonizado. Alcance 86
Gaceta 209
01-NOV-11
Dirección General de Tributación.
DGT-R-034-2011
Legalización de los Libros en formato digital ante la Dirección General de Tributación. 209 01-NOV-11
Dirección General de Aduanas.
Resolución RES-DGA-292-2011
Se incluye el cobro de un dólar con veinte centavos ($1.20), en la liquidación total de impuestos, al tipo de cambio del día (precio venta), por tonelada métrica neta de arroz importado, a todas las importaciones de arroz. 213 07-NOV-11
Dirección General de Aduanas.
DGT-R-036-2011
Se estima conveniente que el formulario D-176 que estableció la resolución DGT-R-007-2011, para autoliquidación del canon de reserva del espectro, permanezca ya no de modo obligatorio sino como un mecanismo de ayuda para autoliquidar el impuesto sin necesidad de acudir a SUTEL para ese fin y que se mantenga como medio de pago para aquellos contribuyentes que deseen hacerlo por Tribunet. Además mediante esta resolución se les solicita a los sujetos pasivos a cargo de dicho canon a apersonarse para la regularización y el pago correspondiente. 213 07-NOV-11
Decreto Ejecutivo
No. 36842-H
Se actualiza el monto del impuesto único por tipo de combustible, tanto de producción nacional como importado, establecido en el artículo 1º de la Ley No. 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, publicada en el Alcance No. 53 a La Gaceta No. 131 del 9 de julio del 2001, mediante un ajuste del 0.44%. 219 15-NOV-11
Stay connected:
Get connected
Share your comments

 

More on Deloitte
Learn about our site

Recently blogged