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Evacue sus dudas tributarias

Abogados atienden consultas de lectores de EF sobre impuesto a casas de lujo

Publicado en el Semanario El Financiero
Por Kattia Bermúdez, periodista
Del 9 al 15 de noviembre de 2009
Edición No. 743

Nuevo tributo. Los abogados especializados en derecho tributario, Rafael González (Deloitte) y Alonso Arroyo (BLP Abogados) respondieron 95 consultas que recibió EF a través del correo electrónico, sitio Web, Facebook y Twitter.

¿Cuál es el valor que debo utilizar para cumplir con el nuevo impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda?

¿A partir de cuándo tengo que pagar? ¿Cuáles sanciones aplican ante el incumplimiento en el pago de este tributo?

EF acudió a los abogados especialistas en derecho tributario Rafael González, de Deloitte, y Alonso Arroyo, de BLP Abogados, para contestar estas y otras consultas enviadas por nuestros lectores.

Recuerde que este impuesto comenzó a regir a partir del 1 de octubre y tiene hasta el 31 de diciembre para cumplir. Ingrese al sitio y evacue sus dudas.

Los lectores preguntan...

David Alvarado Serrano

@David_AS

¿El valor del terreno o de la propiedad se suma al valor de la infraestructura para determinar qué entra en el rango de cobro?

Para los efectos correspondientes, obras de infraestructura que tengan fines de vivienda o esparcimiento deben ser incluidas con el fin de determinar si la vivienda califica o no.

Hay dos pasos para determinar el valor. Este está constituido por el valor fiscal del bien inmueble de uso habitacional determinado por el sujeto pasivo, conforme criterios técnicos de la DGT, cuyas construcciones, incluidas las instalaciones fijas y permanentes, tales como áreas de esparcimiento, piscinas, instalaciones deportivas, ranchos, vías de acceso y parqueos, entre otras, superan, al primero de enero de cada año, el monto de ¢100 millones.

Al valor fiscal de la construcción, se le deberá adicionar el del terreno. El importe total resultante se consignará en la declaración respectiva y constituirá la base imponible del impuesto.

Valeri Cordon

Suscriptor

Una vez valorada, ¿cómo se actualiza el valor en los registros?

Automáticamente la Dirección General de Tributación enviará los valores a las municipalidades y al Registro Público con el fin de actualizar los valores.

¿Quién lo puede actualizar?

El impuesto se declara cada tres años salvo que se dé un evento que genere una revaluación, como sería una venta por un valor mayor, una hipoteca, la destrucción total o parcial del bien y eventos similares.

Ana Eugenia Rojas

Ejecutiva

¿Cuál valor manda: el de la Municipalidad? ¿Cuál es el destino de este impuesto?

Dado que la Ley remite al artículo 14 de la Ley del impuesto sobre bienes inmuebles, que contiene parámetros de valoración instantáneos, el precio de compra, la constitución de una hipoteca u otros factores, en caso de ser superiores al valor obtenido siguiendo los parámetros, debe ser utilizado siguiendo un criterio conservador.

El impuesto se creó para dotar de vivienda digna a familias en condiciones extremas.

Jesse Porras Borloz

Grupo Audax Borloz Genus S.A.

¿Habrá un costo adicional para el avalúo y fortalecimiento de los departamentos de bienes inmuebles dentro de las municipalidades?

El impuesto solidario es independiente del de bienes inmuebles que es el administrado por las municipalidades. Dicho impuesto lo administra y recauda la Dirección General de Tributación y sus ingresos deben destinarse al Ministerio de Vivienda. Dado el volumen de trabajo que tendrá esta dirección, es probable que se fortalezcan los departamentos señalados pero la ley es omisa en ese sentido.

¿Qué criterios aplicarán los avalúos?

En principio, hay dos documentos que se utilizan para definir el valor de una vivienda.

El Manual de Valores Base Unitario por Tipología Constructiva: un documento que contiene códigos de los diferentes tipos de construcción existentes en el país, sus correspondientes valores de reposición y método de depreciación a utilizar.

Constituye el parámetro para la valoración de construcciones y demás instalaciones fijas y permanentes.

También, los mapas y matrices de zonas homogéneas, el cual contiene valores de los terrenos en los diferentes distritos y cantones.

En caso de que la localidad en la que se encuentra el activo no tenga un mapa respectivo, se utiliza el lote tipo con las correcciones contenidas en la resolución 30 de la Dirección General de Tributación publicada el 29 de setiembre pasado.

Esteban Sibaja

Suscriptor

¿Entiendo que existe una tabla donde las casas entre ¢100 y ¢200 millones pagan un 0,25%?

Existe una tabla con tramos marginales progresivos que van desde el 0,25% al 0,55% que se puede encontrar en la página de la Administración Tributaria.

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