Boletín TributarioOctubre 2012 |
| Información Tributaria | ||
| Salario base vigente 2012 | ¢360.600 | |
| Tasa de interés vigente | 16,92% | |
| Tasa de sanción por mora (mes o fracción de mes) |
1% | |
| Tipo de cambio referencia BCCR USD (30 de setiembre 2012) |
Compra: |
¢492.42 |
| Venta: |
¢503.31 |
|
Columna Tributaria
El Derecho de Información del Contribuyente y los Criterios Institucionales
Con las recientes reformas al Código de Normas y Procedimientos Tributarios, y la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, se incorporó dentro de los Derechos al Contribuyente, en el artículo 173 el "Derecho de Información al Contribuyente" por medio del cual se obliga a la Administración publicar la jurisprudencia y los criterios interpretativos de las normas tributarias.
No obstante, podemos preguntarnos hasta dónde ese derecho de información se ha convertido realmente en la comunicación de criterios generales de acatamiento obligatorio y no de referencia como lo habíamos entendido en el pasado, específicamente hablamos del criterio institucional, que no es la jurisprudencia que conocemos como resultado de procedimientos de determinación o de criterios por respuesta a consultas realizadas al amparo del artículo 119, sino a la legislación que solapadamente ahora se ha dado al poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda.
El artículo 99 del CNPT reformado en lo que interesa indica: "Las normas generales serán emitidas mediante resolución general y consideradas criterios institucionales. Serán de acatamiento obligatorio en la emisión de todos los actos administrativos y serán nulos los actos contrarios a tales normas".
Recordemos, que la elaboración de leyes en nuestro país por precepto constitucional ha sido encomendado a Poder Legislativo, lo cual permite un Estado de Derecho, sin embargo, el artículo 99 antes mencionado, está dando facultades constitucionales al Gobierno Central, lo cual no solo viola el Principio de Reserva ley que indica que en materia tributaria solo la LEY puede crear, modificar y derogar tributos, sino que se violenta indudablemente la independencia de los poderes consagrado en el artículo 9 de la Constitución Política donde es claro que los poderes no pueden delegar el ejercicio de sus funciones en otro.
Así las cosas, cuestionamos situaciones reguladas por criterios institucionales- vale señalar publicados antes de la vigencia de la reforma sea el 28 de setiembre 2012- como que el internet, la publicidad digital y la repostería está gravado con impuesto de ventas, hechos generadores elaborados artificiosamente con criterios de este tipo y ausente en la ley.
Con lo anterior, no desvirtuamos que los criterios realmente orientadores sean útiles al contribuyentes para determinar el día a día el cumplimiento de sus obligaciones, lo que acusamos es el abuso en la utilización de este tipo de instrumentos para legislar, que lo que provocan es una recaudación comprometida e ilegal.
Silvia González
Gerente de Impuestos
Deloitte
Calendario Tributario
Octubre 2012
|
Fecha |
Descripción |
|
Viernes 12 de octubre 2012 |
D.107 Impuesto a los casinos y salas de juego |
|
Martes 16 de octubre de 2012 |
D.103 Retenciones en la fuente |
Resumen Normativo
Setiembre 2012
|
Número |
Descripción |
Gaceta |
Fecha |
|
Justicia y Paz |
Análisis de la aplicación del Transitorio II de la Ley Nº 9024, Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, respecto a la disolución de las sociedades mercantiles, subsidiarias de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada. |
06-SET-12 |
LG 172 |
|
Hacienda |
Incluir en el Arancel Automatizado del Servicio Nacional de Aduanas la Nota Técnica 45. |
07-SET-12 |
ALC 126 |
|
Voto No. 10015-12 |
Artículo 9 de la Ley número 7088 del 30 de noviembre de 1978, Ley de Reajuste Tributario, y resolución número 18 a) del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, y los Decretos Ejecutivos números 34106-H, 34871-H y 35605-H. |
10-SET-12 |
BJ 174 |
|
Hacienda |
Resolución DGA-240-2012 Se ordena publicar el "Cuadro No. 1: Lista del registro fiscal de importadores, fabricantes y distribuidores o vendedores de bebidas alcohólicas al por mayor, así como las bebidas alcohólicas autorizadas para su comercialización".(Firma Digital) |
11-SET-12
|
ALC 128 |
|
Hacienda |
Constitución de segregaciones de lotes por fraccionamiento. |
13-SET-12 |
LG 177 |
|
Ley No. 9068 |
Ley para el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal. (Firma Digital) |
28-SET-12 |
ALC 143 |
|
Ley No. 9069 |
Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria. (Firma Digital) |
28-SET-12 |
ALC 143 |