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Supresión de Trámites Innecesarios - Decreto 0019 del 10 de enero de 2012

Con el objeto de facilitar la actividad de las personas naturales y jurídicas, y contribuir a la eficacia y eficiencia ante las autoridades que cumplen funciones administrativas, el Presidente de la Republica emitió el Decreto 0019 de 2012, donde se incluyeron los siguientes artículos que consideramos de su interés.

  • Articulo 64. Reportes de Información Financiera: El ministerio de Hacienda y Crédito Público coordinará el diseño y aplicación de un formulario para los reportes de información financiera que deberá estar disponible desde el 1 de enero de 2013.
  • Articulo 150. Publicidad de los Estados Financieros: Se adiciona un inciso al artículo 41 de la Ley 222 de 1995, que estipula que cuando los estados financieros se depositen en la Superintendencia de Sociedades, no tendrán que ser depositados en las cámaras de comercio.
  • Articulo 173. Libros del Comerciante: Cambia el articulo 56 del Código de Comercio, estableciendo que los libros podrán ser hojas removibles o formarse por series continuas de tarjetas, siempre que unas y otras estén numeradas, puedan conservarse archivadas en orden y aparezcan autenticadas conforme a la reglamentación del Gobierno. De igual forma, establece que los libros podrán llevarse en archivos electrónicos.
  • Articulo 174. Alteración: Modifica el numeral 5 del articulo 57 del Código de Comercio, indicando que alterar los archivos electrónicos, corresponde a una alteración de los Libros de Comercio.
  • Articulo 175. Registro de los Libros de Comercio: Modifica el numeral 7 del articulo 28 del Código de Comercio, estableciendo que los libros de registro de socios o accionistas, y los de actas de asamblea y junta de socios deben ser inscritos en el Registro Mercantil.

Las anteriores determinaciones generarán cambios en la forma de administrar los libros oficiales por parte de nuestros clientes, por lo que debemos prestar especial atención en las modificaciones a los procedimientos que se realicen y asegurarnos que cumplan con la normatividad vigente.

CONSEJO TÉCNICO-  Propuesta de modificación a la conformación de los grupos de entidades para aplicación de NIIF (IFRS)

Este documento tiene el objetivo de proponer ante el público interesado una modificación en la conformación de los grupos que aplicarán NIIF, NIIF para PYMES y contabilidad simplificada en Colombia. En el contenido se indica el estado actual de la conformación de estos grupos y se proponen modificaciones a su estructura, con las justificaciones pertinentes.

Para tener acceso al documento, haga clic aquí.

Las personas interesadas pueden enviar sus comentarios al siguiente buzón: comentariosplandetrabajo@ctcp.gov.co, con plazo hasta marzo 31 de 2012.

También pueden enviar sus comentarios a través de Deloitte, escribiéndole al Sr. Héctor Palomino, Socio de Auditoría, al correo electrónico hpalomino@deloitte.com

CONSEJO TÉCNICO Proyecto de Norma de Información Financiera para las Microempresas

El presente proyecto de norma de información financiera para las microempresas se ha elaborado en desarrollo de la Ley 1314, la cual estableció que el Estado, bajo la dirección del Presidente de la Republica, intervendrá la economía para expedir normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, que brinden información financiera útil para la toma de decisiones económicas por parte del estado, los propietarios, funcionarios y empleados de las entidades.

Para tener acceso al documento, haga clic aquí.

Se invita a todas las partes interesadas a enviar sus comentarios sobre este documento hasta el 31 de marzo de 2012 a la siguiente dirección: comentariosplandetrabajo@ctcp.gov.co.  

También pueden enviar sus comentarios a través de Deloitte, escribiéndole al Sr. Héctor Palomino, Socio de Auditoría, al correo electrónico hpalomino@deloitte.com