Agregar a favoritos Correo electrónico Imprimir esta página

Concepto Institución Financiera Extranjera o Internacional

jerlbaun

El Servicio de Impuestos Internos, en Circular Nº 27 del 30 de abril de 2008, define institución financiera extranjera o internacional para la aplicación de la tasa reducida del 4%, establecida en el artículo 59 Nº1 letra b)de la LIR, a los intereses provenientes de créditos otorgados por aquellas. Con ello, se viene a llenar un vacío que quedó luego que se eliminara el registro de estas instituciones con el Banco Central y, desde cuando existió gran incertidumbre sobre lo que debía entenderse por tales instituciones.

La Circular, manteniendo el criterio adoptado por el Banco Central, establece que el SII entiende por institución financiera a aquella constituida en el extranjero y que tenga por objeto otorgar préstamos o financiamientos, y por institución financiera internacional, la que tenga el mismo giro y cuyo capital esté formado con aportes de diferentes instituciones o países miembros, siempre que éstas cuenten con un monto de capital pagado y reservas iguales o superiores a la cuarta parte del mínimo que se exija para la constitución de los bancos extranjeros en Chile (Ley General de Bancos, DFL Nº 3 de 1997). Para fiscalizar y dar certeza a los contribuyentes, el SII llevará un “Registro Voluntario de Instituciones Financieras Extranjeras e Internacionales”.

Los contribuyentes que sean deudores de las instituciones inscritas en este Registro, gozarán de certeza del correcto tratamiento tributario de los intereses provenientes de créditos otorgados por dichas instituciones, conforme a lo dispuesto por el artículo 59 N°1 letra b) de la LIR. Los deudores de aquellas que no se encuentren inscritas en el Registro indicado, podrán acreditar la calidad de institución financiera extranjera o internacional de la entidad acreedora para los efectos de lo previsto en el artículo 59, Nº1, letra b), de la LIR, presentando los antecedentes que den cuenta de esta situación.


*Columna publicada en Diario Estrategia

Julio 2008

INDICADORES

IPC junio

1,5%

IPC Acumulado a 12 meses

9,5%

Tasa de Desempleo (marzo-mayo)

7,96%

UF a julio 31

$  20.541,21

UTM junio

$  35.648,00

Ingreso mínimo mensual

Trabajadores de 18 o más años de edad

$159.000

Menores de 18 años y mayores de 65 años

$118.690

Trabajadores de casa particular

$119.250

Asignación Familiar

Trabajadores activos y pasivos cuyo ingreso:

 

No excede de $135.124

$  5.393

Entre $135.124 y $264.667

$ 4.223

Entre $264.667 y $412.791

$  1.375

Más de $412.791

$0

Cotizaciones Previsionales

Servicio de Seguro Social

25,84%

Caja de Empleados Particulares

28,84%

Caja de Empleados Públicos

30,04%

Máxima cotización obligatoria al Fondo de Pensiones
(*) Este porcentaje varía según cada AFP.

13,50%