Acuerdos de protección y promoción de inversiones |
Los acuerdos de protección y promoción de inversiones tienen por fin proteger y promover la inversión extranjera efectuada por nacionales o sociedades de uno de los estados contratantes en el otro Estado contratante. Chile mantiene acuerdos vigentes con 38 países (Australia, China, España y Reino Unido, entre otros).
Bajo estos acuerdos, los estados contratantes se obligan a no obstaculizar, a través de medidas injustificadas o discriminatorias, las inversiones que realicen en sus territorios nacionales del otro estado contratante, dándoles un trato justo y equitativo bajo condiciones no menos favorables que las otorgadas a los inversionistas nacionales o de un tercer país; facilitando el acceso al mercado oficial de divisas en forma no discriminatoria y otorgando a los inversionistas la posibilidad de transferir libremente al exterior las rentas de sus inversiones.
Además, se obligan a pagar una indemnización en moneda de libre convertibilidad y sin demora injustificada a aquellos inversionistas que sufran nacionalizaciones o expropiaciones por causa de utilidad pública o interés nacional. Todo ello, sin limitar o eliminar las condiciones más favorables que cada estado, eventualmente, les proporcione a dichos inversionistas fuera del acuerdo.
Un aspecto a destacar en estos acuerdos, es que las controversias que surjan respecto a las inversiones, y que no sean solucionadas por consulta amistosa, podrán ser sometidas, a petición del inversionista, a un arbitraje internacional, sin necesidad de recurrir a la jurisdicción del estado receptor de la inversión, lo que sin duda constituye una garantía de imparcialidad.
La existencia de estos acuerdos es un elemento más a considerar a la hora de invertir en el exterior y en Chile.
*Columna publicada en Diario Estrategia
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Noviembre 2009 |
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IPC octubre |
0,0% |
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IPC Acumulado a 12 meses |
- 1,9 % |
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Tasa de Desempleo (julio - sept) |
10,23% |
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UF a noviembre 30 |
$ 21.017,51 |
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UTM noviembre |
$ 36.863 |
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Ingreso mínimo mensual |
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Trabajadores de 18 o más años de edad |
$165.000 |
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Menores de 18 años y mayores de 65 años |
$123.176 |
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Trabajadores de casa particular |
$136.950 |
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Asignación Familiar |
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Trabajadores activos y pasivos cuyo ingreso: |
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No excede de $170.000 |
$ 6.500 |
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Entre $170.000 y $293.624 |
$ 4.830 |
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Entre $293.624y $457.954 |
$ 1.526 |
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Más de $457.954 |
$0 |
Cotizaciones Previsionales |
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Servicio de Seguro Social |
25,84% |
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Caja de Empleados Particulares |
28,84% |
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Caja de Empleados Públicos |
30,04% |
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Máxima cotización obligatoria al Fondo de Pensiones |
13,50% |
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