IFRS post crisis: evolución del IAS 39 |

El IASB (organismo encargado de elaborar los estándares contables internacionales) ha reaccionado oportunamente frente al debate y la crítica de algunos expertos sobre la complejidad de IAS 39, y está trabajando en un programa de sustitución hacia un nuevo IFRS que simplifique y entregue mayor claridad respecto a esta norma. Este programa comenzó el 14 de Julio del presente año con la publicación de un Exposure Draft, que pretende establecer una discusión pública frente a una propuesta de cambios sobre los principios y el tratamiento contable de los instrumentos financieros.
En esta transición mundial al nuevo estándar internacional de información financiera IFRS, se han generado distintas percepciones y sensaciones en las empresas, los reguladores locales y organismos internacionales al momento de llevar a la práctica los principios planteados en la norma financiera IAS 39
En virtud de lo anterior, y sumado a los efectos derivados de la crisis financiera que ha vivido el mundo entero, los principales organismos internacionales vinculados a este proceso de transición y homogenización de la información financiera, coincidieron en la necesidad de simplificar y modificar la norma IAS 39.
De esta forma, el IASB ha pisado el acelerador, recogiendo las recomendaciones planteadas por algunos gobiernos del G-20, con el objetivo de rebajar la complejidad y entregar mayor claridad al tratamiento financiero contable actualmente vigente en esta norma.
En este sentido, el propio presidente del IASB indicó “la crisis financiera ha demostrado que es necesario generar un estándar que sea más simple de entender y aplicar por los inversionistas en lo relativo a los instrumentos financieros, porque es esencial para recuperar la confianza en el mercado”.
Plan de acción y sustitución
El IASB dividió el proyecto para reemplazar IAS 39 en cuatro fases (clasificación de instrumentos financieros, baja en cuentas de activo, deterioro y contabilidad de coberturas), presentando un plan de actividades y deadlines tentativos establecidos para cada una. Una vez que el board complete todas estas fases, se eliminará una porción relevante de esta norma, creando un nuevo IFRS que eventualmente reemplazará IAS 39.
En relación a los temas de clasificación y medición de los activos y pasivos financieros, el IASB ya publicó el 14 julio de 2009, el documento de discusión publica (Exposure Draft), el cual deberá estar sometido a consulta hasta el 14 de septiembre de 2009, para obtener los cambios finales a aplicar a la norma IAS 39.
La propuesta de modificación enfoca su contenido en la simplificación del modelo actual propuesto por IAS 39, proponiendo nuevos requerimientos de clasificación y medición para los activos y pasivos financieros.
La propuesta de modificación, planea estar disponible para una adopción temprana y voluntaria en el año 2009, y el Board espera que los nuevos requerimientos no sean mandatoriamente efectivos antes de enero de 2012.
Clasificación de instrumentos financieros: Principales modificaciones
De acuerdo a lo propuesto en el Exposure Draft del IASB, todos los activos y pasivos financieros reconocidos que actualmente están dentro del alcance de IAS 39 (incluyendo inversiones en bonos, instrumentos de patrimonio, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, activos de deuda, y otros activos y pasivos financieros que no están específicamente excluidos) podrían ser medidos tanto a costo amortizado como a fair value. Las actuales categorías de disponible para la venta, préstamos y cuentas por cobrar, y mantenidos hasta el vencimiento normadas en IAS 39 (incluyendo las reglas de tainting) podrían ser eliminadas.
Un activo o pasivo financiero que tiene características básicas de deuda y que se administra sobre bases de rendimientos contractuales (cumplimiento de los flujos) se deberá medir a costo amortizado, al menos que la administración los designe como Fair Value Profit and Loss (Fair Value Option). Esta opción de fair value es la misma que indica IAS 39, referida a un activo o pasivo financiero que pudiendo calificar para su medición a costo amortizado, pueda ser designado a fair value sólo en su reconocimiento inicial y sólo si tal designación puede eliminar o reducir significativamente una inconsistencia de balance que podría existir al estar el instrumento medido a costo amortizado.
Se plantea igualmente que los instrumentos de patrimonio (p.e. acciones) serán medidos siempre a Fair Value. Para aquellos instrumentos de patrimonio que su propósito sea mantenerlos en el tiempo y no para trading, tendrán sus efectos de fair value en una cuenta de patrimonio, de lo contrario serán reflejados en el resultado. Por lo tanto, aquel aspecto de acuerdo al actual escenario que permite a las compañías llevar a costo amortizado aquellas inversiones de patrimonio no cotizadas, de acuerdo a la actual propuesta, no tendrá efecto, lo que implica que será necesario determinar el valor de mercado de dichas inversiones.
Respecto a la reclasificaciones entre categorías, el documento propuesto no permite hacer reclasificaciones desde costo amortizado hacia Fair Value (con efectos en resultado o en patrimonio), ni viceversa. No obstante, deja sin efecto el concepto de tainting planteado actualmente en la norma, que se refiere a vender anticipadamente un instrumento cuya intención inicial fue mantenerlo hasta el vencimiento, contaminando al resto de instrumentos de esta categoría y reclasificándolos en Disponible para la venta.
Otro tema importante se refiere al tratamiento de los derivados implícitos, donde la propuesta de modificación al actual estándar, estipula que se requerirá la separación de los derivados implícitos solo en aquellos contratos financieros complejos, en donde, la separación de la variable implícita sea realmente relevante para la determinación del valor de mercado real del contrato. No obstante, aquellos contratos de arrendamientos, seguros y otros distintos a los de carácter financiero, continuarán con la aplicación del actual análisis para derivados implícitos.
No cabe duda que este es un cambio que impactará fuertemente en las compañías chilenas que ya se han embarcado en el proceso de convergencia a IFRS, y que han sensibilizado en la actual norma los efectos financieros contables de aplicar una categoría u otra. Con este cambio, probablemente las compañías deberán volver a evaluar los impactos en los estados financieros determinando si en algo modifica su estrategia con los instrumentos financieros. Lo anterior involucra también a los reguladores del mercado, quienes deberán evaluar la adopción anticipada de este cambio, de modo de estrechar la brecha de tiempo entre la aplicación voluntaria y la fecha de convergencia a IFRS.
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Septiembre 2009 |
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IPC agosto |
- 0,4% |
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IPC Acumulado a 12 meses |
- 1,0 % |
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Tasa de Desempleo (mayo - julio) |
10,76% |
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UF a octubre 9 |
$ 20.809,42 |
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UTM septiembre |
$ 36.645 |
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Ingreso mínimo mensual |
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Trabajadores de 18 o más años de edad |
$165.000 |
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Menores de 18 años y mayores de 65 años |
$123.176 |
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Trabajadores de casa particular |
$136.950 |
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Asignación Familiar |
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Trabajadores activos y pasivos cuyo ingreso: |
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No excede de $170.000 |
$ 6.500 |
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Entre $170.000 y $293.624 |
$ 4.830 |
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Entre $293.624y $457.954 |
$ 1.526 |
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Más de $457.954 |
$0 |
Cotizaciones Previsionales |
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Servicio de Seguro Social |
25,84% |
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Caja de Empleados Particulares |
28,84% |
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Caja de Empleados Públicos |
30,04% |
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Máxima cotización obligatoria al Fondo de Pensiones |
13,50% |
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