Contacto: Patricia Ramírez Valdivia
Deloitte
Gerente de Com. Externa y Rel. Institucionales
+52 (55) 5080 6891
• El IDE tendría que reenfocarse y adecuar su aplicación hacia ciertos sectores
• Los contribuyentes podrán acreditarlo para que no afecte su disponibilidad de recursos
El pasado 1º de Agosto se cumplió un mes de la entrada en vigor del Impuesto de Depósitos en Efectivo (IDE), y es también la fecha establecida por las autoridades correspondientes para que las instituciones financieras entreguen el importe de lo recaudado.
De esta manera, entra formalmente en operación el mecanismo a través del cual los bancos deberán informar mensualmente, tanto al Sistema de Administración Tributaria, como a los cuentahabientes, el monto de lo retenido. Lo anterior, permitirá cotejar si las personas gravadas en definitiva pertenecen o no a la informalidad.
Así lo informó Oscar Ortiz, Socio de Impuestos Industria Financiera de Deloitte, quien consideró que si bien el IDE es una medida adecuada para gravar a la economía informal, dicho gravamen es insuficiente para atraer a este sector a la formalidad. Por ello, abundó, es un impuesto que tendría que reenfocarse, además de llevar a cabo adecuaciones respecto de ciertas transacciones, tales como las realizadas a través de casas de bolsa y las operaciones de empresas microfinancieras.
Asimismo, el especialista de Deloitte destacó: “Las instituciones financieras han hecho una labor titánica, en términos de tiempo y recursos, para lograr la adecuación de sus sistemas y la instrumentación de este nuevo impuesto. Igualmente el esfuerzo que han realizado por difundir este tema ha sido muy positivo”.
Con respecto a las personas o empresas afectadas por este nuevo gravamen,
los contribuyentes tendrán la facilidad, en los casos en que resulte muy gravoso, de acreditarlo contra otros impuestos federales, de manera anticipada, a través de la realización de un cálculo estimado contra la determinación real.
Ortiz agregó que no esperan que los recursos recaudados con el IDE vayan a ser significativos para el sistema tributario, en virtud de que las mismas características de este impuesto van a permitir su recuperación por parte del contribuyente. Sin embargo, consideró que para los contribuyentes el nuevo gravamen indudablemente será un incentivo para la bancarización, al fomentar un mayor número de transacciones electrónicas y operaciones con cheques.
Finalmente, Deloitte informó que la Ley contempla que las instituciones financieras reporten de manera mensual -durante los primeros diez días del mes de calendario siguiente al que corresponda - y anual - el 15 de Febrero de cada año -, lo recaudado por el IDE. En dichos reportes se especificará el nombre y Registro Federal de Causantes del contribuyente, así como el importe del impuesto recaudado o lo pendiente de recaudar. Igualmente los intermediarios tendrán la obligación de expedir a los contribuyentes la constancia de retención de dicho impuesto, ya que con esto podrán llevar a cabo su acreditamiento o devolución.