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La propuesta de Reforma Fiscal presentada por el Ejecutivo carece de medidas que simplifiquen el sistema tributario mexicano, ya que para cumplir con algunos impuestos previstos como el de Contribución Empresarial a la Tasa Única (CETU), las empresas y personas físicas con actividad empresarial deberán contar incluso con ayuda especializada para cumplir con estos nuevos gravámenes.
“Aún cuando las empresas generen pérdidas, podrían pagar la tasa del 19% prevista en el CETU, que transitoriamente durante 2008 sería del 16%; la base se calculará de forma distinta a la que se usa para determinar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), ya que no reconoce determinadas deducciones como los salarios. A fin de determinar cuál será el gravamen a pagar, será necesario determinar dos utilidades fiscales, lo que es contrario a una simplificación del sistema fiscal”, comentó Luis Liñero, socio de impuestos de Deloitte.
A diferencia del Impuesto al Activo, considerado un gravamen de control con efecto temporal, el CETU será complementario al ISR y derivará en un pago definitivo, por tanto, con un objetivo francamente recaudatorio, el cual impactará en particular a aquellas empresas altamente intensivas de mano de obra, como las prestadoras de servicios, a aquellas que se encuentren en un proceso de maduración en su ciclo de negocio, así como las que no cuentan con altos márgenes de utilidad, o la combinación de todos estos factores.
Otro impuesto previsto en el paquete de reforma fiscal es el aplicable a los depósitos en efectivo superiores a 20 mil pesos al mes y que pagaría la persona receptora del dinero; aunque se prevé que estén exentos los gobiernos federales y estatales, personas morales con fines no lucrativos, los bancos y sistema financiero, así como personas físicas empleados de embajadas o representantes de organismos internacionales, entre otros.
Este Impuesto contra la Informalidad prevé una tasa del 2%, el cual podrá ser acreditado o solicitar la devolución al momento de que los contribuyentes presenten su declaración fiscal mensual o anual. De ser aprobado, la autoridad correspondiente deberá emitir las reglas para su instrumentación y control.