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Ley de Impuesto a las Ganancias – Exención Sueldo Anual Complementario

Boletín Oficial – Decreto 316/2023

Mediante el Decreto 316/2023, el Poder Ejecutivo Nacional estableció aumentar la exención del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, para el Sueldo Anual Complementario.

Esta exención resultará de aplicación solo para aquellos trabajadores cuya remuneración y/o haber bruto mensual no supere la suma de $880.000 (pesos ochocientos ochenta mil) inclusive.

En los casos que corresponda, quienes sean agentes de retención del impuesto, deberán proceder a la devolución de las sumas retenidas en exceso. Para ello, deberán confeccionar una liquidación adicional a los efectos de calcular las sumas, y proceder a su reintegro en 2 (dos) cuotas mensuales, iguales y consecutivas junto con el pago de los meses de junio y julio 2023. Este beneficio deberá exteriorizarse en los recibos de haberes utilizando la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias - Sueldo Anual Complementario 2023.”

La exención al impuesto a las ganancias de cuarta categoría correspondiente al sueldo anual complementario se encuentra vigente desde el 16 de junio de 2023, solo para los casos en los que resulte procedente.

Esta publicación es una síntesis de una o más novedades en materia legal. Por lo tanto, incluye en forma sintética sólo aquellas normas que hemos considerado de interés. Asimismo, el contenido del presente no constituye en ningún caso una interpretación u opinión de nuestra parte, sino un resumen de las normas que se indican.
Para mayor información y análisis de las normas, sugerimos contactar a nuestros profesionales, quienes lo asesorarán particularmente.

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